En la tarde del último miércoles, el campus de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos fue tomado por sus alumnos en rechazo a algunas medidas que adoptaron las autoridades de esta casa de estudios. Según los representantes estudiantiles, se está condicionando la matrícula al pago de gastos operativos y al Aporte Voluntario Estudiantil (AVE). Además, señalan que están obligados a realizar excesivos pagos para usar los laboratorios, ambientes deportivos, entre otros. Frente a esto, corresponde preguntarse: ¿es válida la toma de una universidad, impidiendo la normal realización de clases?

El inciso 3 del artículo 96 de la Ley Universitaria expresa que son deberes de los estudiantes de las universidades “respetar la autonomía universitaria” y “la inviolabilidad de las instalaciones universitarias”. Aquellos alumnos que incumplan los deberes estipulados en la Ley serían sometidos a procesos disciplinarios y son sujetos a sanciones como la amonestación escrita, separación por hasta 2 semestres e incluso la separación definitiva, todo ello de acuerdo al Artículo 101 de esta Ley.

De acuerdo con Carlo Salcedo, una de las formas de ejercer el Derecho a la reunión es la protesta social, y para que esta última sea legítima, requiere llevarse a cabo dentro de ciertos parámetros. Es así que, siguiendo a Salcedo, la protesta debe ser pacífica, sin armas y respetuosa de los derechos fundamentales de quienes no participan de la misma. En esa línea de ideas, los alumnos de San Marcos tienen derecho a increpar las medidas que los perjudican directamente. Sin embargo, el fin no justifica los medios. Siempre hay que actuar en el marco de la legalidad. En el presente caso, es evidente que se vulneró la propiedad de las instalaciones de la casa universitaria y además se impidió que los alumnos que no son parte de esta manifestación puedan asistir a clases con normalidad, vulnerando su derecho a la educación.

Ahora bien, la normativa para reprimir las protestas en las universidades parece ser clara. La Ley Universitaria -en su artículo 100- indica que es un derecho de los estudiantes: “tener la posibilidad de expresar libremente sus ideas, sin que pueda ser sancionado por causa de las mismas”. Las universidades tienen una naturaleza autónoma por mandato no solo legal, sino constitucional. Las garantías para ejercer su autonomía se encuentran en el artículo 10 de esta ley, el cual señala lo siguiente.

“La Policía Nacional y el Ministerio Público solo pueden ingresar al campus universitario por mandato judicial o a petición del Rector, debiendo este último dar cuenta al Consejo Universitario o el que haga sus veces, salvo cuando se haya declarado el estado de emergencia, se produzca un delito flagrante o haya peligro inminente de su perpetración. En estos casos, el accionar de la fuerza pública no compromete ni recorta la autonomía universitaria”.

En relación a ello, según el Artículo 8º de la Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, es atribución de la institución intervenir en toda circunstancia, cuando el ejercicio de la función policial así lo requiera, por considerarse permanentemente en servicio. La misma norma establece la obligación de la PNP de: “informar a toda persona en el momento de su detención respecto de sus derechos constitucionales y las razones de la privación de su libertad, tratándola con el debido respeto”.

En este caso, las detenciones -según distintos portales web, fotografías y videos difundidos por las redes sociales- fueron irregulares. De acuerdo con estas fuentes, la policía ingresó violentamente al campus universitario, previa autorización del rector Orestes Cachay, con bombas lacrimógenas y detuvieron  a  6 personas. En relación a esto existen dos versiones: por un lado, el general Gastón Rodríguez, encargado de la Séptima Región, dijo que en la universidad se hallaron bombas molotov, cuchillos, cadenas, piedras y combustible; por otro lado, la Federación Universitaria de San Marcos, a través de su cuenta de Facebook,  denunció que los policías habrían “sembrado” los artefactos explosivos.

En suma, la toma de la universidad es una medida irregular, pues vulnera tanto el derecho a la educación de los demás estudiantes como los deberes establecidos en la Ley Universitaria, y la PNP se encuentra plenamente facultada para ingresar a una Universidad y reprimir esta protesta. Sin embargo, la intervención policial debe respetar las formas señaladas por la normativa, respetando y garantizando los derechos y libertades de todos los estudiantes, evitando abusos y tratos arbitrarios.

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