Apuntes sobre la regulación de los grilletes electrónicos en el Perú

El autor realiza comentarios sobre la implementación de los grilletes electrónicos en nuestro país.

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Por Julio Casma, estudiante de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho.

La semana pasada, Sandra Salazar, sentenciada a cuatro años y cuatro meses de pena privativa de libertad, se convirtió en la primera peruana condenada en acceder al uso de grilletes electrónicos. La implementación de estos instrumentos constituye un reto para la justicia peruana, en tanto es la primera vez que se emplea tecnología de este calibre como vía de cumplimiento de pena privativa de libertad.

De acuerdo a Prisontec, los grilletes electrónicos son aparatos de monitoreo que permiten conocer la ubicación de la persona que lo porta. A través del sistema de localización GPS, el grillete envía coordenadas de ubicación que permiten al Centro de Vigilancia Electrónica Personal acceder a esta información[1]. Este centro de monitoreo es administrado por el INPE. Asimismo, los grilletes van ubicados en el tobillo de la persona. Este puede detectar manipulaciones o ataques y, así, comunicar ello al Centro de Vigilancia. De igual forma, su batería tiene una duración aproximada de dos días y cuenta con un cargador electrónico[2].

Tal como señala el Decreto Legislativo Nº 1323, el cual regula la vigilancia electrónica, el grillete electrónico es una alternativa de coerción personal, pudiéndose aplicar para procesados –como opción distinta a la prisión preventiva –y condenados, siendo para estos últimos un tipo de pena. El objetivo de implementar los grilletes electrónicos en nuestro país es colaborar con la disminución del hacinamiento en los penales.

En el seguimiento al procesado que utiliza el grillete intervienen diversos actores. El INPE es aquella entidad encargada de instalar el grillete y de monitorear la ubicación de este a través del Centro de Vigilancia. En caso se produzcan alertas graves –por ejemplo, que la persona se encuentre fuera de su radio de desplazamiento –o muy graves –que el grillete esté muy dañado -, el INPE ordena a la dependencia policial de la jurisdicción del domicilio del imputado ubicar y detener a este último. Finalmente, el INPE emite un informe mensual dirigido al juez en el que detalla las alertas producidas en ese lapso de tiempo. El juez puede revocar la medida.

Es importante mencionar que, el uso de grilletes electrónicos procede para aquellos imputados cuya pena prevista no sea mayor a los 8 años de pena privativa de libertad. Asimismo, están excluidos de este beneficio ciertos delitos– por ejemplo, el parricidio, la violación sexual y el tráfico de influencias – y aquellos imputados que tengan condición de reincidentes o habituales. Tienen prioridad en el otorgamiento de este beneficio los mayores de 65 años, quienes tengan enfermedad grave o discapacidad física permanente, las madres gestantes o con hijos menores de 3 años, y por último, el padre o madre con hijo menor de edad o con discapacidad.

Como se puede colegir, esta medida funciona como un arresto domiciliario monitoreado vía vigilancia electrónica. El juez establece un radio de acción en base al domicilio indicado por el imputado. También puede fijar ciertas rutas de desplazamiento u horarios.

Consideramos que la implementación de estos grilletes electrónicos significa un gran avance en materia de Derecho Penal, sobre todo en estas épocas en las que el uso de tecnología se hace cada vez más ventajoso. No obstante, es necesario tener especial cuidado en ciertos puntos.

  • Los encargados de monitorear la ubicación de los imputados a través del Centro de Vigilancia electrónica deben estar adecuadamente capacitados en el uso de estas tecnologías. Además, la información a la que accede el Centro de Vigilancia debe estar protegida de intromisiones de terceros.
  • Es recomendable que el imputado sea parte de una charla de instrucción sobre el correcto uso del grillete electrónico y no solo que se estipule esta información en un acta. De esa manera, el penado conocerá con mayor precisión los cuidados que debe recibir el grillete.
  • Iniciar la implementación de los grilletes con un plan piloto es necesario. Si bien la medida viene funcionando apropiadamente en otros países, no necesariamente lo hará así en nuestro país. Sólo la experiencia permitirá concluir si esta medida es idónea y si contribuye con su fin propuesto –reducir el hacinamiento en los penales -.

[1] http://www.prisontec.com/portalweb/grilletes.html

[2] http://elcomercio.pe/lima/policiales/grillete-electronico-seguro-inpe-444313

Fuente de la imagen: http://www.soridapress.ro/in-calarasi-90-de-persoane-supravegheate-judiciar/

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