Por: Jose Pavlov Valdivia Reynoso, Abogado – Docente – Investigador y Especialista en Pedagogía y Didáctica Jurídica. Autor de los libros “Didáctica y pedagogía para la enseñanza aprendizaje del Derecho” y “Revolucionando la enseñanza aprendizaje del Derecho mediante el método de casos”.

Del modelo magistral al modelo de enseñanza aprendizaje del Derecho del siglo XXII

¿Porqué las facultades de Derecho matan la creatividad?

Hace algunas semanas fue publicada en la web de la prestigiosa firma británica British Quacquarelli Symonds (QS) de Reino Unido, que elabora anualmente los índices comparativos de las mejores universidades del mundo y de las facultades más prestigiosas en todas las áreas, el ranking de las mejores facultades de Derecho para el 2018 donde dentro de las 200 mejores facultades se encuentran  en el puesto 37 la de la UNAM, en el 44 la de la Pontificia Universidad Católica de Chile, en el 50 la de la Universidad de Sao Paulo, en el 51 la de la Universidad de Buenos Aires en Argentina y en el 101 la de la Pontificia Universidad Católica del Perú (no figura ninguna publica de la capital ni menos de provincia entre las privadas). Los indicadores para establecer este ranking son: reputación académica, reputación por parte de los empleadores, investigación académica citada y consultada en revistas indexadas, número de alumnos por facultad, número de profesores con doctorado, impacto de la web, pappers presentados por facultad y trabajos de investigación aportados (en este último rubro debo mencionar que no tenemos investigadores jurídicos en REGINA (Registro Nacional de Investigadores del Concytec) si acaso DINA (Directorio Nacional de Investigadores) solo registrados, a diferencia de Mexico, Chile, Brasil o Argentina que cuentan con institutos de investigación jurídica de larga data y que hacen aportes relevantes a la ciencia jurídica local y latinoamericana. (Tener un instituto de Investigaciones Jurídicas –empírico- en el Perú es un sueño largamente acariciado por el autor de esta publicación y sobre ello viene trabajando)

En América Latina desde hace más de 200 años se viene impartiendo la ciencia jurídica con un modelo prusiano de enseñanza que pretendía formar ciudadanos soldados dóciles y obedientes en un ambiente lo más castrense posible, y con una logística que no ha cambiado aun en pleno inicio del siglo XXI (butacas o carpetas ordenadas una detrás de otra en fila de cara al pizarrón (hoy pizarrón de acrílico y lo más moderno: un cañón proyector multimedia y audio como lo más contemporáneo en el mejor de los casos).

La era de las TICs (Tecnologías de la Información y la Comunicación), de los MOOCs (Massive  Open On Line Courses o cursos abiertos a distancia), de las tablets, smarphones, de las redes sociales y de los avances en las investigaciones neuro científicas y los estudios de la psicología cognitiva además del mundo globalizado que desde la década de los 90´s en adelante, ha convertido al mundo en una aldea global y ha vinculado a los Estados por medio de los acuerdos comerciales y los Tratados de Libre Comercio. Se sigue enseñando en muchas facultades de Derecho de la misma manera en que hace 200 años o más (sino es que más de 500 años incluyendo a Europa) se enseñaba y se sigue evaluando el conocimiento de los alumnos por medio de exámenes escritos que, según los expertos en pedagogía, ya no proporcionan la certeza de si el alumno aprendió o no, sino que a lo sumo de que tienen buena memoria, memoria que a corto plazo es la única favorecida un poco más que la inmediata pero que a largo plazo no registra nada permanente.

Parafraseando a Sir. Ken Robinson ,el Gurú británico de la educación, en su famosa charla TEDx[1] ¿Por que las escuelas matan la creatividad? Lo sostenido por él se puede aplicar al ámbito universitario y bajo el enfoque del Derecho. Es muy raro escuchar sobre creatividad e innovación en el ámbito jurídico: tanto en la áreas del Derecho Privado como Público, del Derecho Internacional, del Derecho Civil, Penal, Administrativo etc., y más aún en los avances que ha habido en el campo del Derecho: nuevas instituciones Jurídicas, nuevos problemas con repercusiones legales en el ámbito político, social, económico, electrónico etc. En cualquiera que sea la disciplina jurídica, muy poco abordamos el tema del desarrollo del emprendimiento, creatividad e innovación por parte de alumnos y profesores porque simplemente bastara para ser un buen abogado y litigante conocer de memoria los ordenamientos jurídicos sustantivos y adjetivos, y con la práctica se aprende todo, cuando en realidad el campo de aplicación del Derecho es tan basto como singularizado.

Urge pasar de un modelo que privilegie la clase magistral y la memorización del Derecho a un donde se promueva la creatividad, la innovación y el emprendimiento jurídico. Pero eso solo se logrará cuando cambiemos el paradigma de las facultades de Derecho y los abogados docentes nos demos cuenta que es necesario recurrir a la pedagogía, la didáctica y las herramientas más innovadoras como la neurociencia, la tecnología, la psicología cognitiva etc. Es verdad que en algunas facultades de Derecho del Perú la plana docente está conformada por jóvenes abogados que están empezando a revolucionar la enseñanza aprendizaje del Derecho de cara a las exigencias de los abogados milenials, incorporando nuevas tecnologías que les son familiares por el uso cotidiano en sus quehaceres personales y laborales más que por un afán pedagógico y didáctico.

Pasar de un modelo centrado en lo magistral, expositivo y en la mera experiencia profesional a un modelo centrado en lo colaborativo, TICs, neuropedagogico y de inteligencias múltiples que desarrolle las competencias y habilidades jurídicas. 

El abogado, a diferencia de muchas otras profesiones, ha pasado de ser un mero dispensador tecnócrata del derecho y los códigos, a ser un humanista, previsor de conflictos, amante de la tecnología e insertado en un mundo globalizado de TLCs y Alianzas Internacionales. Ahora se debe competir ya no solo con sus colegas nacionales sino con internacionales. Los estudios de post grado en Maestría y Doctorado o especialización así lo demuestran.

Formar no solo en el dominio memorístico de los códigos y sus respectivos adjetivos es un deber no solo del profesional del Derecho sino de las aulas universitarias donde se imparte la ciencia jurídica: el juicio crítico, la argumentación jurídica, la innovación y creatividad a la hora de resolver situaciones de carácter legal, de socializar, de liderar, de desarrollar un adecuado metalenguaje (no verbal) de inteligencia emocional, de sinergia además de la ética jurídica etc son fundamentales.

Para ello es indispensable que el modelo educativo de nuestras facultades de Derecho cambie de paradigma, habilidades de socialización (para participar y cooperar con los demás, vivir el pluralismo, la comprensión mutua y la cultura de paz), aprender a hacer (poder para influir sobre el propio entorno, trabajar en equipo), aprender a conocer ( placer de comprender y descubrir, aprender a conocer el entorno y adquirir instrumentos de comprensión) y aprender a ser (desarrollar la propia personalidad y la capacidad e autonomía de juicio y responsabilidad personal)[2]

La situación social y política que nos enfrenta por estos días, el tema de la corrupción de funcionarios públicos y de grandes empresas del país, preocupa y estos problemas además de los que plantean las instituciones jurídicas como el Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Tribunal Constitucional entre otros organismos que emanan del Estado de Derecho (como la Policía Nacional misma) necesitan de respuestas optimas y científicas desde el punto de vista jurídico para solucionar, tener ingentes cantidades de leyes no nos asegura que vamos por buen camino pero si logramos una educación contemporánea, que favorezca la creatividad y la innovación jurídica además de las otras competencias ya mencionadas harán que solucionemos de la mejor manera nuestros problemas nacionales y para ello el papel del abogado o el hombre de ciencia jurídica es fundamental.

Pasar de un modelo de enseñanza aprendizaje aun tradicional e inclusive logístico es fundamental, nos dirigimos inevitablemente hacia la digitalización del Derecho (hoy en el Perú las notificaciones electrónicas, la digitalización de los expedientes y los procesos – administrativos, fiscales y laborales como pilotos en la capital – es ya una realidad y no podemos seguir usando como herramientas “de avanzada” solo el power point, la pizarra y el cañon multimedia es necesario centrar en la clase invertida “flipped class” o clase invertida, el CBL (case based learning aprendizaje basado en casos y dilemas éticos que tiene más de 100 años de utilizarse en las principales facultades de Derecho del mundo y que resulta muy eficaz para desarrollar la creatividad, la argumentación e inclusive las habilidades blandas), el CBL (Colaborative based learning o aprendizaje colaborativo), el SBL (Searching based learning o aprendizaje basado en la investigación), la gammificacion (o aprendizaje basado en el juego) y la incorporación de las TICs (smartphones, tables, PC y MOOCs) resultan relevantes, claro está supervisando estos y haciendo que el alumno asuma su proceso de aprendizaje por sí mismo e inclusive haciéndolo participe de su propio proceso de calificación. Otro factor importantísimo será acercar significativamente y constructivamente la realidad (desde las clínicas jurídicas por ejemplo o las prácticas profesionales o el contacto con las empresas o instituciones jurídicas y de la sociedad civil pero no desde los últimos semestres de carrera sino porque no, desde inicios de los primeros semestres teniendo en cuenta la madurez y competencias de estos alumnos.

La creación de blogs, el uso de Facebook, Twitter, Youtube (canales de discusión temática), la de revistas jurídicas virtuales, la publicación de artículos académicos etc en fin una infinidad de elementos didácticos que puedan hacer que el alumno y el profesor desarrollen mejores competencias y habilidades jurídicas en el iuris mundi en el que vivimos, estoy convencido (y hacia allí van mis investigaciones sobre la enseñanza aprendizaje del Derecho) que los alumnos de nuestra carrera tienen diversas formas de aprender lo que aprenden.

Hay muchos aspectos que desarrollar y empezar a cambiar en nuestras facultades de Derecho, pero debe empezar por el propio alumno quien debe exigir a sus profesores mayor calidad académico-pedagogía y por los docentes a quienes su trabajo y esfuerzo debe ser remunerado de acuerdo a su produccion y capacitación constante, pues andragogicamente (la andragogia enseña la forma en que aprendemos los adultos) y los adultos aprendemos por interés y no por obligación, después vendrá la vision de la Facultad y luego de la Universidad no al revés.

No dudamos que en muchas de nuestras facultades de Derecho existen eminentes colegas y abogados de mucho prestigio, pero a la hora de enseñar eso no es suficiente, yo diría que existe un 50% en este aspecto y otro 50% las competencias pedagógicas o “saber cómo enseñar” conociendo a sus alumnos y el tipo de inteligencias que estos manejan (inteligencias múltiples de Howard Gardner Harvard 1983) y la metodología activo participativa (ver pirámide de Edgard Dale) para conseguir no solo abogados memoristas sino creativos e innovadores en todas las disciplinas, no solo litigantes únicamente.

La emoción como base del aprendizaje. Aprender Derecho también es emocionante.

El investigador en neurociencia Francisco Mora asegura que el elemento esencial en el proceso de aprendizaje es la emoción porque sólo se puede aprender aquello que se ama, aquello que le dice algo nuevo a la persona, que significa algo, que sobresale del entorno en Neuroeducación, el libro que acaba de publicar en Alianza Editorial. “Sin emoción –dice– no hay curiosidad, no hay atención, no hay aprendizaje, no hay memoria”

Entender esto hoy en su raíz y desde la perspectiva de cómo funciona el cerebro y sacar ventaja de ello –afirma– “es un primer principio básico de la enseñanza con el que se puede llegar a aprender y memorizar mejor. Estos principios se pueden extender en su aplicación no solo a la enseñanza básica o durante la adolescencia sino a los más altos estudios universitarios o a estudios aplicados sea la empresa o la investigación científica”.

Asimismo añade que “la neurociencia cognitiva ya nos indica, a través del estudio de la actividad de las diferentes áreas del cerebro y sus funciones que solo puede ser verdaderamente aprendido aquello que te dice algo. Aquello que llama la atención y genera emoción. Aquello que es diferente y sobresale de la monotonía”.

“La atención, ventana del conocimiento, despierta cuando hay algo nuevo en el entorno. Ese ‘algo nuevo’ apela, como hace millones de años, a la supervivencia como último significado” –añade–. “La atención nace de algo que puede significar recompensa (placer) o castigo (peligro) y que por tanto tiene que ver con nuestra propia vida”. “Pero con el devenir evolutivo y la propia civilización –advierte Mora–, aprender y memorizar son mecanismos que los hemos llevado a unos niveles tan abstractos y de tan alto calado social que escapan y se han venido alejando de las raíces inviolables, genéticas y evolutivas, de aquella alegría que en su origen significó verdaderamente aprender y memorizar”.

Es verdad que ciertas disciplinas como el Derecho Penal (Procesal Penal) casuística civil, laboral e inclusive del Derecho Internacional Público o los Derechos Humanos o dilemas ético jurídicos resultan sumamente interesantes en debates, en el desarrollo de casos reales o a la misma experiencia profesional del docente hacen rico el aprendizaje, pero también cuenta la forma didáctica de presenta estas experiencias o recursos. A menudo he encontrado en mis entrevistas con alumnos de diversas facultades de Derecho del país, que se “aburren” en clase ya sea porque la materia es sumamente densa o porque el profesor tiene un lenguaje verbal (tono y volumen de voz) poco atractivo y monótono (aquí es necesario también desarrollar habilidades de behavior and law o kinésica jurídica).

Buscar herramientas que permitan activar la atención y la emoción del alumno de Derecho es sumamente importante por las justificaciones que da el Dr. Mora. La enseñanza del Derecho aunque sea la Filosofía, Historia del Derecho, Teoría del Derecho, Derecho Romano etc no tienen por qué ser aburridas si es que se busca la mejor manera de hacerlas emocionantes y ese es un trabajo del docente no del alumno.

“Los errores de un contador se ajustan, los errores de un abogado se archivan, los errores de un dentista se extraen, los errores de un arquitecto se caen, los errores de un médico se entierran, pero los errores de un maestro, se multiplican y se multiplican.”

 


[1] https://www.ted.com/talks/ken_robinson_says_schools_kill_creativity

[2] https://gesvin.files.wordpress.com/2015/03/4aprendizajesfundamentalesunesco-infografc3ada-bloggesvin.jpg

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