1. Los ciudadanos respaldaron las 3 reformas en el Referéndum

Este lunes, la ONPE dio a conocer los resultados oficiales de las actas procesadas.

Respecto a la reforma del CNM, ganó el «Sí» con 78.79%. La reforma del CNM implica cambiar el nombre de la institución y denominarla Junta Nacional de Justicia. Estará integrada por siete miembros titulares elegidos mediante un concurso público de méritos. Sobre la reforma que regula el financiamiento de las de las organizaciones políticas, ganó el «Sí» con 78.37%. Esta plantea fijar sanciones penales al financiamiento ilegal de los partidos políticos, eleva a rango constitucional la obligación de los partidos de bancarizar sus aportes de campaña y prohíbe la posibilidad de que contraten espacios en radio y televisión para difundir su propaganda electoral. Por otro lado, en lo que respecta a la prohibición de la reelección de los congresistas, obtuvo la victoria el «Sí» con 78.04%. Finalmente, sobre la reforma para restituir la bicameralidad, ganó el «No» con 80.41%. En síntesis los resultados tuvieron la fórmula impulsada por el presidente Vizcarra antes de convocar al referéndum: Sí, sí, sí y no.

Con estos resultados oficiales, el presidente Vizcarra informó que en los próximos días pronunciará un mensaje a la Nación en el que anunciará los próximos pasos que dará el Ejecutivo para seguir consolidando su «reconstrucción con cambios».

Fuentes recomendadas:

https://elcomercio.pe/politica/referendum-2018-resultados-oficiales-onpe-noticia-586165

https://andina.pe/agencia/noticia-villanueva-resultados-referendum-nos-compromete-a-concretar-reformas-735597.aspx

https://larepublica.pe/politica/1372162-referendum-2018-vivo-resultados-oficiales-onpe-consulta-popular

 

2. Poder Judicial ordena prisión preventiva para Edwin Oviedo

El Poder Judicial dictó prisión preventiva por 18 meses con Edwin Oviedo, presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), por el caso «Los Wachiturros de Tuman».

Oviedo es acusado de ser “autor mediato” del asesinato de los dirigentes Manuel Rimarachín Cascos y Percy Farro Witte, durante su gestión de la azucarera Tumán. Asimismo, la Fiscalía le atribuye el delito asociación ilícita en agravio del Estado (previsto en el artículo 317° del Código Penal), al ser el presunto cabecilla de la organización criminal Los Wachiturros de Tumán.

Por ello, la Fiscalía Provincial solicitó 24 meses de prisión preventiva contra el máximo dirigente de la FPF por los presuntos delitos de homicidio calificado y asociación ilícita.

Anteriormente se había ordenando la detención preliminar por diez días por su presunta pertenencia a la organización criminal «Los cuellos blancos del Puerto».

Fuentes recomendadas:

https://gestion.pe/peru/politica/edwin-oviedo-judicial-ordena-prision-preventiva-18-meses-presidente-fpf-nndc-252207

https://www.americatv.com.pe/deportes/seleccion/edwin-oviedo-ordenan-prision-preventiva-18-meses-su-contra-n350165

 

3. Rector de la PUCP reconoció la ilegalidad de los cobros

La semana pasada se publicó, en el canal de YouTube de la Pontificia Universidad Católica del Perú, una edición más del programa Sin Pauta, dirigido por Rosa María Palacios. En el video se entrevistó a Marcial Rubio Correa (actual rector de la PUCP), en relación a los recargos a las boletas de alumnos por pago fuera de fecha.

Sorprendentemente, el rector justificó dichos cobros excesivos señalando que, debido a la situación económica de la universidad, se vieron “en la imposibilidad de cumplir la ley”. Además, agregó que, de febrero del 2011 a diciembre del 2016, la universidad carecía de liquidez debido un conflicto legal que sostenía con el Arzobispado. Como consecuencia de esta demanda, no podían dar sus inmuebles en garantía de un crédito.

La mencionada norma a la que Marcial Rubio hace referencia es la Ley N° 29947, Ley de Protección a la Economía Familiar respecto del pago de pensiones en Institutos, Escuelas Superiores, Universidades y Escuelas de Posgrado Públicos y Privados, publicada en el 2012. Se trata de una ley cuyo objetivo es garantizar la continuidad al derecho fundamental de acceso a una educación de calidad en los institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de posgrado públicos y privados, por ciclo lectivo. Además, en el artículo 2 se establece lo siguiente: “la tasa de interés para las moras sobre pensiones no pagas no podrá superar la tasa de interés interbancario dispuesta por el Banco Central de Reserva del Perú”.

Entonces, con la declaración, el rector estaría admitiendo que, al cobrar entre 100 y 500 soles en los recargos, según la escala de pago que tenga cada alumno, la PUCP habría violado la ley.

Fuentes recomendadas:

https://s3.amazonaws.com/gobpe-production/uploads/document/file/105190/_29947_-_03-12-2012_03_53_01_-LEY_29947.pdf.

https://www.youtube.com/watch?v=lr2Ofd77ct8.

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