Por Lucrecia González-Olaechea Dutari, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP e integrante del consejo editorial de Enfoque Derecho.

El día 19 de agosto, los congresistas Alberto de Belaunde de la Bancada Liberal y Marisa Glave de Nuevo Perú presentaron un nuevo proyecto de ley que abarca dos temas de interés público importantes: la salud pública y la protección hacia animales en la calle. Este proyecto consiste en enfocar una política de salud pública para la reducción de gatos y perros callejeros mediante una política de esterilizaciones nacionales dirigidas por el Ministerio de Salud (Minsa). Aunque la propuesta ha recibido criticas variadas, muchos enfocándose su supuesta “superficialidad”, consideramos que es un proyecto que se debe analizar como una opción y que debe ser abierto a crítica constructiva, seria, para ponderar si ayudaría al país en los ejes que desea abarcar.

Para poder entender como surgió la posible necesidad para una política de esta índole, es importante tener en cuenta el contexto nacional que incumbe la salud pública en relación con los grandes números de animales en la calle. Un primer punto que resalta Alberto de Belaunde es que resulta preocupante que el Estado no tenga cifras oficiales sobre los números de estos animales o data similar, aún si es un problema creciente en la sociedad. En el programa audiovisual de La República menciona que el Estado parece pretender que no hay, si quiera, un problema[1]. Sin embargo, según cifras sacadas de la Colación por los Animales (Colpa), quien trabajó en conjunto con los congresistas en la elaboración de dicho proyecto, estima que 9 de cada 10 mascotas en Perú viven en una situación de abandono. De manera macro, se calcula que hay 1.1 millones de perros y 1 millón de gatos viven en esta situación[2]. Lo que lleva al segundo punto, que estos millones de animales en condiciones de vida muy precarias son foco de violencia y enfermedades. En una sociedad en donde predomina mucho abuso hacia estos animales, no solo se empiezan a mostrar más violentos, sino que, por ejemplo, los gatos vuelven a su estado natural silvestre como gatos ferales y los perros forman jaurías de poca socialización humana. Por otro lado, como foco de enfermedades, los animales no solo son portadores de patologías las cuales crean un claro peligro hacia la salud pública, con casos típicos como de rabia, sino que sufren diariamente por dichas condiciones, efecto de las enfermedades, falta de comida, hogar y general estado de abandono.

La norma buscaría reducir la evidente sobrepoblación de animales en un enfoque bilateral: de protección a la salud pública y de protección a los animales. Por el lado de la salud pública, como se ha mencionado, se busca reducir las graves externalidades negativas de la gran población de animales abandonados, un esfuerzo conocido como el control de zoonosis. Como ente rector de la salud en el país, el Ministerio de Salud (Minsa) tiene actualmente políticas de control de zoonosis por medio de campañas preventivas como vacunaciones para reducir casos similares a los de rabia, a la par de practicar la eutanasia a numerosos animales como medio de reducción de la población bajo el artículo 29 de la Ley 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal. Estos problemas se demuestran presentes en nuestro país al tomar el caso de Arequipa. Se demuestra la presencia de un problema ya que las municipalidades, para erradicar la rabia, han acordado aplicar la Ley 27596, o del Régimen Jurídico de Canes, en el programa “Cero Rabia”. Buscando reducir la rabia y población, utilizan el artículo 15 ya que este establece que si a los 30 días bajo custodia, el animal callejero no ha sido adoptado, se le puede aplicar la eutanasia. Sin embargo, ¿la mejor solución a estos problemas realmente es matar a los animales?

Al comparar las políticas, los congresistas han resaltado que la política de eutanasia como mecanismo de control no solo es más “cruel” e “inhumana”, sino que es más cara que la política de esterilización en cuanto a su aplicación a largo plazo y en cuanto a las externalidades negativas a la salud de la población ya que la sobrepoblación persiste. Asimismo, dada la taza de reproducción de dichos animales, la esterilización sí reduce la población mientras que la eutanasia no. Ello se ha demostrado haciendo un análisis de los casos en donde la esterilización como política de salud pública se ha aplicado, haciendo referencia a México y Estados Unidos. En Chicago, se llegó a reducir en un 54% los gatos de la calle tan solo entre el año 2007 y el 2016. A la mano, México, en un plazo de 20 años, logro la reducción entre un 79% y 92% de animales callejeros.[3]

Por el lado de la protección a los animales, se puede entender que este proyecto de ley sigue una tendencia política y social a la protección y aumento de conciencia sobre las condiciones y derechos relacionados a los animales. Bajo la línea de lo establecido en la Ley 30407 de Protección y Bienestar Animal, en donde el artículo 1.1 reconoce a los animales vertebrados domésticos y silvestres como “animales sensibles” que “merecen gozar de un buen trato por parte del ser humano y vivir en armonía con su medio ambiente”, se puede entender la manera en que se empieza a resaltar el sufrimiento de los animales callejeros por vivir en enfermedad y condiciones crueles. La protección de los animales crece bajo esta Ley también, por ejemplo, con la inclusión de una pena por abandono y actos de crueldad en el artículo 206-A del Código Penal, esta abarcando una pena privativa de libertad, días multa y la inhabilitación de acuerdo con el artículo 26, numeral 13, también establecido en la Ley 30407. Cabe recalcar que esto no es banal o de manera de anécdota, sino que realmente tuvo un impacto en la sociedad. Se ha publicado que dentro de los primeros tres días siguientes a la publicación del artículo 206-A, hubo un incremento del 60% en las denuncias de maltrato animal según la Asociación Peruana de Protección a los animales[4].

El proyecto, por ende, entiende que se debe romper con el circulo vicioso de sufrimiento de animales callejeros al reducir su número, no mediante eutanasia, sino interrupción de reproducción para no condenar a los futuros animales a las mismas condiciones en un país con poca política de adopción y respecto hacia los animales callejeros. Es por ello mismo que el reconocimiento como algo más que un objeto de derecho tutelado es tan importante, para sentar las bases para una lucha y crecimiento de la protección y empatía hacia el animal, sin necesidad de llegar a establecer en ningún momento que son sujetos de derecho propiamente. No es sorprendente entonces que, de la mano de su política de esterilización como medida más idónea y menos costosa, también planea modificar las condiciones de eutanasia. Aunque que el artículo 29 de la presente ley solo se remite a establecer que será competencia del Minsa delimitar los métodos de control cuando signifique un riesgo para la salud pública, integrando dicho artículo con otros como el artículo de 15 de la Ley 27596, o del Régimen Jurídico de Canes, parece haber una tendencia hacia la aplicación de la eutanasia como primera ratio en caso de problemas. No obstante, esto es exactamente lo que el proyecto promete abarcar. Con ánimo de concretar a la eutanasia como método realmente de última ratio el proyecto incrementa los requisitos y condiciones necesarias para poder practicar el acto. En otras palabras, al hacer más difícil poder acceder a practicar la eutanasia, se tendrán que crear y promover políticas alternativas como de Belaunde y Glave lo están haciendo.

Remitiéndonos nuevamente al proyecto de ley en sí, es importante esclarecer su trasfondo un poco. Esta política de esterilización, ni bien estaría dirigida por el Minsa como autoridad y ente rector de salud y competente en cuanto a zoonosis, la campaña sería aplicada de manera nacional trabajando juntamente con los gobiernos regionales y municipios. Estos últimos tendrían que rediseñar y redirigir su presupuesto atribuido a animales y salud pública para llevar a cabo las esterilizaciones a bajo costo y hasta posiblemente implementar veterinarias municipales. Bajo un nuevo marco normativo y estrategias político-sociales, se esperaría que estas autoridades sepan como redirigir casos similares y actitudes frente a los animales, desde cómo denunciar actos de abuso o abandono animal, hasta establecer firmemente la eutanasia como último mecanismo posible.

Finalmente, aplaudimos la creatividad y esfuerzo por parte de los congresistas y las organizaciones de protección de los animales dado que, al mirar a países vecinos e historias de triunfo, logran proponer proyectos que, aunque no se apliquen, el Perú necesita ver como opción para despertar una inquietud de cambio. Esperamos que el proyecto sea ampliamente debatido para encontrar, dentro de los detalles que propone, criticas y cambios para poder llegar a la mejor manera posible de esbozar las necesidades de protección a la salud pública mediante la reducción de la población canina y gatuna en la calle, y las necesidades de protección de los animales frente a una vida de sufrimiento y condiciones extremas. Es importante recalcar que los dos ejes pueden ser abarcados sin necesidad de dejar al otro de lado, sino que, en conjunto, podrían funcionar de manera mas eficiente e idónea para los intereses. Es decir, la salud pública no tiene por qué ser usada para ignorar necesidades y tendencias como la protección de los animales. Tomando en cuenta que tan solo 65 de los 192 países[5] tienen leyes sobre la protección de animales, y aún considerando que no se aplican como se deberían, se manifiesta un vacío en nuestro ordenamiento y sociedad que parece que en el Perú va despertando poco a poco.

Fuentes consultadas:


[1] https://www.youtube.com/watch?v=7J3pn3p9BdA

[2] https://rpp.pe/politica/congreso/congresistas-plantean-proyecto-para-que-esterilizacion-de-mascotas-sea-politica-de-salud-publica-noticia-1215226

[3] http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1609-91172016000200023

[4] http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1609-91172016000200023

[5] http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1609-91172016000200023

Fuente de la imagen: Perú21.

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