Entrevista a Melisa Guevara, Docente del Departamento de Derecho y ex miembro de Themis.

En esta tercera entrega de la Semana Temática de Redes Sociales, Enfoque Derecho conversó con Melisa Guevara, Docente del Departamento de Derecho y ex miembro de Themis, acerca de los derechos de autor y su posible protección en la red social Tik Tok.

ED: Si es que yo subo un video en TikTok, ¿tienen derecho a subirlo a otras redes y medios, cuando yo solo quería que esté en TikTok?

MG: En el entorno web, el desconocimiento de los usuarios en torno a aspectos básicos relativos al respeto a los derechos de privacidad, personalidad o propiedad intelectual, entre otros, genera la percepción errónea de que todo contenido al que se tenga acceso se puede subir a otras plataformas digitales y medios de forma irrestricta.

Por tal motivo, resulta importante considerar en la configuración de la cuenta de Tik Tok, aspectos tales como: establecer la privacidad de la cuenta, no autorizar la descarga de tus videos o no autorizar el que terceros puedan pegar o hacer dúo con los mismos. Así, si se infringen estas condiciones, la infracción quedará plenamente acreditada y te permitirá activar los mecanismos previstos para la denuncia de infracciones en las propias plataformas digitales en las que se encuentre el contenido infractor, sin perjuicio de la activación de los mecanismos contemplados en nuestra legislación para la tutela de tus derechos.

ED: ¿Cómo se relacionan los bailes en TikTok con los derechos de autor?

MG: Hay muchas relaciones entre los bailes puestos a disposición a través de la plataforma Tik Tok y los derechos de autor, no solo considerando el baile mismo sino, además, otros elementos que pueden aparecer en el video, tales como obras musicales, obras arquitectónicas, obras de artes plásticas, entre otros.

Considerando que las obras coreográficas son protegibles por el derecho de autor, surge la pregunta en torno a si los bailes publicados por los tik tokers tienen la originalidad suficiente para ser protegibles, considerando la brevedad del formato (entre 3 y 60 segundos) y el que estos pueden ser fruto de la creatividad de los tik tokers o, de otra parte, copia o adaptación de todo o parte de bailes creados por terceros.

En todos los casos, el que se considere la presencia de una obra coreográfica –del tik toker o el tercero- dependerá de que el fragmento puesto a disposición sea original, lo cual muchas veces requerirá de un peritaje especializado ya que por la corta duración de los videos usualmente solo se pueden apreciar los pasos básicos iniciales.

Es importante recordar el respeto a los derechos de autor de las obras musicales, obras arquitectónicas u obras de artes plásticas (pinturas, murales, esculturas, entre otros), que pueden aparecer en los bailes de los tik tokers.  Si estos se encuentran en dominio privado, los usos no autorizados podrían generar infracciones a los derechos de terceros susceptibles de reclamación.

ED: ¿Los bloqueos de cuentas en TikTok constituyen un mecanismo de autotutela (control social informal)?

MG: La plataforma Tik Tok establece, mediante las condiciones de contratación del servicio, los derechos y obligaciones vinculantes que deberán ser aceptadas por sus usuarios.  En dicho acuerdo se busca proteger a la plataforma, los usuarios y terceros de infracciones; así, mediante las “Normas de la comunidad”, la plataforma establece las condiciones básicas de uso y, con ello, la facultad que tendrá para eliminar, suspender o bloquear la cuenta o contenidos de sus usuarios -a su criterio o a pedido de terceros- en casos de afectación a derechos.

En tal sentido, las condiciones de contratación preestablecidas formalmente para el acceso al servicio de Tik Tok permiten activar mecanismos sencillos, eficientes y rápidos de tutela a quienes acrediten la afectación de sus derechos.   

ED: Si es que soy compositor y mi música se sube a TikTok, ¿qué puedo hacer?

MG: Dependerá de cuáles son las condiciones que hayas establecido para tu obra musical.  En efecto, si tu obra se encuentra licenciada bajo licencias creative commons (cc), el uso autorizado dependerá de la modalidad de licenciamiento que hayas elegido otorgar, en cambio, si tu música tiene todos los derechos reservados (copyright ©), un uso no autorizado en Tik Tok podría infringir tus derechos de autor.

Hay que considerar que, en general, Tik Tok ofrece una galería musical licenciada para uso de sus usuarios creadores de contenidos; sin embargo, lo anterior no significa que los usuarios no generen vulneraciones a los derechos morales o patrimoniales de los autores musicales (letra o música) a partir de usos, alteraciones o adaptaciones no autorizadas.

En casos de infracción, puedes plantear el reclamo ante la propia plataforma Tik Tok que, conforme hemos mencionado, cuenta con un mecanismo expeditivo que permitirá la rápida tutela de tus derechos, pero aquella no es la única vía.  En efecto, si el tik toker que ha subido el video infractor a tus derechos es peruano y plenamente identificable, podrás acudir a la vía administrativa mediante una denuncia ante la Dirección de Derechos de Autor del INDECOPI, sin perjuicio de otras vías, inclusive la penal, a la que también podrás recurrir.

Cabe destacar que hay autores que, al ver sus derechos de autor afectados, han negociado con los infractores licenciamientos posteriores e importantes compensaciones económicas.

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