Todos tenemos derecho a conocer la verdad. Todos tenemos derecho a conocer qué sucedió, cuándo sucedió, cómo sucedió y por qué sucedió lo que sucedió con nuestros familiares, con nuestros amigos, nuestros paisanos, nuestros hermanos, en aquellas épocas donde abundaban preguntas y llantos por justicia, pero no habían respuestas. Es terrible el sentimiento de una madre cuyo hijo lleva años desaparecido. Es más terrible aún cuando ella sabe quiénes se llevaron a su hijo, pero nadie parece escucharla.
Es por este derecho de todos a conocer la verdad sobre lo que sucedió con nuestra sociedad en tiempos en los que reinaba el miedo que una institución como una Comisión de la Verdad cobra gran importancia y resulta así vital para todo pueblo que haya vivido épocas en las que la violación de los derechos humanos era el pan de cada día. Y es que el derecho a la verdad es una garantía propia del Estado constitucional de Derecho, como bien se refleja en las constituciones de los países que buscan organizarse así.
Hasta hoy, se han creado más de 30 comisiones de la verdad en países como Alemania, Argentina, Chile, Perú, Nigeria y Sudáfrica; siendo más recientes los casos de Indonesia y Marruecos en 2004, Liberia en 2005 y Ecuador en 2007. Como todos recordamos, la “Comisión de la Verdad y Reconciliación”, en nuestro país, fue creada en el 2000 y presidida por Salomón Lerner.
Para este 2010, Luiz Inácio Lula da Silva, presidente de Brasil, ha presentado un plan nacional pro Derechos Humanos, con la intención de fomentar la protección de estos mediante la adopción de nuevas medidas y reformas. Justamente uno de los puntos que resaltan en esta nueva agenda es la creación de una Comisión de la Verdad, que investigaría el último gobierno militar que tuvo este país.
Como recordamos, entre 1964 y 1985, Brasil vivió su última dictadura militar. Durante este periodo, existieron numerosas denuncias de atentados contra los Derechos Humanos por secuestros, asesinatos, torturas, entre otros. Fue esta también la época de los “desaparecidos políticos” en este país, que fueron alrededor de 200 personas que, por sus vínculos con sectores anti-gobierno, o ideología diferente, fueron víctimas de la dictadura. Aún hoy sus familias se preguntan qué ocurrió con ellos.
Como dije antes, se trata de una garantía propia del Estado constitucional de Derecho. En la Constitución peruana, se reconoce este derecho a verdad en los incisos 4 y 5 del artículo 2. La última parte del inciso 4 señala: “Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicación”. Es justamente esto lo que buscó nuestra Comisión de la Verdad y, en mi opinión, lo logró tras la entrega del informe final, facilitando así el acceso de los ciudadanos a una información más clara de que fue lo que ocurrió en el Perú en la época del terrorismo.
Por otro lado, la constitución brasileña reconoce este derecho en el apartado b) del inciso XXXIV del artículo 5 cuando, refiriéndose al derecho a la información, indica que el Estado está obligado a garantizar, bajo responsabilidad, el derecho de todos los brasileños a “la obtención de certificados en oficinas públicas, para la defensa de derechos de esclarecimiento de situaciones de interés personal”. Esta cita defiende directamente el derecho de todos los brasileños a que se investigue qué fue lo que ocurrió con estas personas y se dé por fin respuesta a todas estas interrogantes que han atormentado a cientos de familias desde hace más de veinte años. Qué mejor forma de trabajar por este objetivo que con la constitución de una Comisión de la Verdad.
También la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se ha pronunciado al respecto. Existe vasta jurisprudencia respecto del “Derecho a la Verdad” en la que se desarrolla el contenido de este. Como bien señala La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH en su página web, el concepto de derecho a la verdad ha evolucionado en la jurisprudencia de la corte. En un principio, para la CIDH, este Derecho a la Verdad era aquel que tenían las familias de conocer lo sucedido con sus seres queridos, de acuerdo con el artículo 25 del Pacto de San José. Más adelante, el concepto continuó desarrollándose y hoy en día la CIDH reconoce como titulares de este derecho no solo a las familias, sino a las propias víctimas y a la sociedad en general, conforme a los artículos 1, 8 y 13 del mismo pacto.
Por ello, resulta muy positiva la iniciativa del mandatario brasileño, la cual servirá para dar un gran paso hacia un país más democrático y garantista de derechos fundamentales. Todo pueblo que haya sufrido esta clase de abusos debería seguir esta iniciativa y honrar así la memoria de todas aquellas personas que sufrieron violaciones a sus derechos por razones políticas o de cualquier otra índole. Más aún, considero positivo y necesario el que todo Estado que haya pasado por una situación como esta facilite el acceso de esta información a las futuras generaciones, en respeto de su derecho a la verdad. Esto está próximo a lograrse en el Perú con el Lugar de la Memoria y se buscará prevenir así que esto pueda volver a ocurrir. El siguiente paso para Brasil deberá ser crear también un Museo de la Memoria y dejar de este modo una marca para las futuras generaciones.
¿Cómo citar este artículo?
ALBAN GONZALEZ, Javier. Derecho a la Verdad: comentarios sobre la posible creación de una Comisión de la Verdad en Brasil. En: Enfoque Derecho, 5 de febrero de 2010. http://www.enfoquederecho.com/?q=node/226/ (visitado el dd/mm/aa a las hh:mm).
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