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"Mi hijo sufre epilepsia, convulsiona de 5 a 6 veces diarias, tenía espasmos, con el cannabis medicinal, mi hijo encontró la vida, no convulsiona, ha bajado su crisis" El pasado 8 de febrero, agentes de la DIRINCRI ingresaron a un...
El pasado miércoles 18 de diciembre la Megacomisión encargada de investigar las incidencias del segundo gobierno de Alan García aprobó recomendar una acusación constitucional contra el ex presidente al encontrar indicios de participación en la concesión irregular de indultos y conmutaciones a sentenciados por narcotráfico durante su mandato. Entre las pruebas que sustentan esta posición se encuentran documentos que contienen la firma de García, en los que cuestiona las recomendaciones de la Comisión de Gracias Presidenciales, además de cartas donde se invita a los internos a solicitar indultos o conmutaciones.
Esta semana, se celebró el 194 aniversario de la independencia del Perú. Debido a la relevancia del tema, desde Enfoque Derecho creamos la Semana del 28, un espacio donde a partir de entrevistas a distintos especialistas, buscamos analizar los avances y pendientes de la gestión gubernamental, a un año de que finalice el mandato del presidente Ollanta Humala. A modo de cierre de este proyecto, en el presente editorial abordaremos uno de los temas que la ciudadanía solicita con más urgencia últimamente: la seguridad ciudadana. Al respecto, el día 27 de julio se publicó en el diario El Peruano el Decreto Legislativo 1182 (denominado “ley stalker”), el cual “regula el uso de los datos derivados de las telecomunicaciones para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación, en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.” Con esta medida, el Poder Ejecutivo intenta hacer frente a los altos índices de inseguridad. No obstante, la misma ha sido criticada desde diversos sectores argumentando que se está violando el derecho a la intimidad o privacidad de los ciudadanos. ¿Es una norma que vulnera derechos? ¿Realmente será eficiente para combatir la inseguridad ciudadana? En el presente editorial abordaremos esta problemática.
A las nueve de la noche del pasado primero de julio, siete terroristas armados irrumpieron en un restaurante ubicado en un área residencial en Dhaka, capital de Bangladesh. Luego de detonar explosivos y disponer de efectivos policiales estacionados en...
Por Enfoque de Derecho Introducción Desde los inicios de la historia, el ser humano ha tenido la tendencia a buscar generar modificaciones o trasplantes a su cuerpo; desde las prótesis elaboradas a base de colágeno en el siglo VII hasta...
Por Enfoque Derecho Introducción En el alba del 5 de febrero, las y los vecinos del centro de Lima vieron interrumpido su sueño por el tañir de las campanas ubicadas en las torres del templo de San Francisco,  el ruido de...
Hace poco más de un año, José Luis Pérez Guadalupe, ministro del Interior, en una de sus primeras intervenciones públicas afirmó, a modo de advertencia o de preocupación, que el problema más importante del Perú es la seguridad ciudadana....
Por Enfoque Derecho Introducción. El 18 de julio de 2022 entraron en vigencia las modificaciones realizadas al Reglamento Nacional de Tránsito, lo cual abarca los nuevos límites de velocidad p​​ara calles, jirones y avenidas de las zonas urbanas y para las...
El pasado lunes, el juez Malzon Urbina declaró fundado el Hábeas Corpus interpuesto por la dirigente del Mercado Mayorista N° 01 "La Parada", Ida Ávila Sedano. El fallo ha sido objeto de un desborde de críticas tanto por parte de la opinión pública, como del Poder Ejecutivo y la Municipalidad de Lima. Más allá del carácter quijotesco que literalmente denota la sentencia, es importante destacar las transgresiones al debido proceso en que incurre la citada resolución.
La semana pasada, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Carmen Omonte, fue denunciada en un programa televisivo por no pagar los beneficios laborales y la inscripción al seguro social de María Vásquez, quien laboraba para ella como trabajadora del hogar. Vásquez tuvo que renunciar por su embarazo y al no recibir los pagos correspondientes, recurrió al Poder Judicial para que la Ministra cumpla con pagarle S/. 718 por Compensación de Tiempos de Servicio (CTS), S/. 718 por vacaciones no pagadas y S/. 236 por gratificación trunca, además de una indemnización de S/. 5000 por daño moral. A partir de la controversia surgida por este caso, el presente editorial analizará la situación de las trabajadoras del hogar a nivel nacional.

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