Código de Ética

Origen
Enfoque Derecho fue fundado en el año 2002 por Fernando Berckemeyer Olaechea, actual editor central de Opinión del diario El Comercio, como un producto de la Asociación Civil THĒMIS. Hace más de tres años, Enfoque Derecho dejó de ser un boletín impreso y se convirtió en el portal web de actualidad jurídica de THĒMIS.

Visión
Con los años, Enfoque Derecho ha dejado de ser un medio de actualidad meramente jurídica y se ha consolidado como un medio académico en el cual estudiantes de diversas carreras, abogados y profesionales de diferentes disciplinas e intelectuales del más alto nivel pueden compartir un espacio de análisis en común con el dinamismo y la velocidad que la sociedad de la información en la que se vivimos reclama. Temas de política, economía, actualidad y hasta filosofía forman parte de nuestro contenido.

Misión
Esta amplitud nos ha llevado a ser conocidos como “la cara interdisciplinaria de THĒMIS”. El privilegio de ser parte del público objetivo de una asociación de tan alta relevancia en el mundo académico como THĒMIS ya no pertenece únicamente a las personas de leyes. A través de Enfoque Derecho, THĒMIS alcanza a personas de prácticamente todas las disciplinas, lo cual nos enorgullece, pero al mismo tiempo nos genera una responsabilidad difícil e intimidante para estudiantes de nuestra edad. Nuestros artículos, entrevistas y editoriales deben ser rigurosos, veraces y completos. No debemos dejar que las pasiones o ideologías pasen por encima de la objetividad que en THĒMIS consideramos indispensables para un buen trabajo.

Lealtad fiduciaria
Nuestras publicaciones se deben fundamentalmente a sus lectores, a quienes servimos buscando y presentando la información relevante para ellos. Ninguna otra lealtad puede anteceder a esta. Nuestra línea editorial propugna el respeto y la defensa de los derechos individuales, los valores democráticos y las libertades económicas. El director, los miembros del Consejo Editorial, redactores y editores de nuestras publicaciones, cualquiera sea el formato en que estas se difundan, se rigen por las siguientes normas de conducta:

1. La elaboración de contenidos es independiente de la gestión de la Asociación Civil THĒMIS. Ningún órgano de la Asociación tiene incidencia en la línea editorial. Las opiniones expresadas en los editoriales representan únicamente las del consejo editorial de Enfoque Derecho, y no son emitidas a nombre de la Asociación Civil THĒMIS ni de ningún otro de sus miembros.  Los hechos y su contexto deben ser siempre separados del análisis y el comentario; y éstos, de la publicidad. La información objetiva debe ser comprobada antes de publicarse, la opinión subjetiva sólo compromete a su autor.

2. Los derechos al acceso a la información y a la libre opinión no deben constituir una licencia para la arrogancia, la arbitrariedad ni la descortesía. No es válido intimidar ni acosar para obtener información. En sus investigaciones, los miembros del Consejo Editorial deben identificarse como tales, salvo cuando sea indispensable ocultar su identidad para obtener información que debería ser pública y que está siendo indebidamente denegada. Cualquier intervención pública, incluso académica o mediática, en la que se participe con el título o cargo conferido por la Asociación o sus publicaciones, debe respetar nuestra línea editorial, y deberá ser previamente autorizada por el correspondiente superior jerárquico.

3. Reconocemos que, además de un derecho, el ejercicio de nuestra labor constituye un privilegio que nos conceden los lectores con su preferencia. La responsabilidad que ello entraña exige que todo lo que publiquemos refleje un auténtico compromiso con la búsqueda de la verdad, incluyendo un análisis riguroso, concienzudo y profesionalmente calificado. No es lícito escudarse en la inexperiencia o la delegación para excusar un relajamiento de nuestros estándares.

4. No son exigibles a nuestras publicaciones los deberes de confidencialidad que obligan por ley, por ética o por vínculo laboral a los funcionarios públicos o privados. Si ellos o terceros nos proveen información reservada pero relevante, estamos en libertad de publicarlas, excepto en los casos en que se haya asumido previa y directamente el compromiso de no hacerlo. La información ilícitamente obtenida (por terceros) puede ser publicada siempre que un riguroso examen de relevancia permita concluir que su divulgación es de legítimo interés para nuestro público. En ningún caso, sin embargo, debemos participar en la obtención ilícita de información, ni inducir a que ella se produzca.

5. En el caso de datos relevantes entregados por vía oral sobre hechos de terceros, la información no debe ser publicada sin doble cotejo de fuentes.

6. Todas las personas directamente involucradas en un hecho relevante que se reporte deben tener la oportunidad para dar su versión u opinión de los hechos. Omitir tales versiones u opiniones relevantes sólo es legítimo cuando, a pesar de nuestra insistencia, los involucrados se abstienen de dárnoslas.

7. Todo conflicto de interés debe ser públicamente reconocido. Constituye conflicto de interés cualquier situación en que las publicaciones o quienes las elaboran tienen un interés distinto o adicional al mero servicio de buscar y revelar la verdad relevante para los lectores.

8. Dejarnos manipular por grupos de interés –incluso por mera negligencia y sin mala fe– implica defraudar nuestra lealtad hacia los lectores, que esperan de nosotros independencia y búsqueda sincera de la verdad.

9. Asumimos un explícito compromiso con el valor democrático de la igualdad ante la ley y deploramos cualquier forma de discriminación. Por tanto, evitamos cualquier referencia prejuiciosa o peyorativa a la etnicidad, cultura, religión, sexo, orientación sexual o condición física o mental de los individuos sobre los que escribimos.

10. Cualquier error que aparezca en las publicaciones debe ser oportunamente reconocido y corregido. Cuando corresponda, la rectificación deberá ir acompañada de una disculpa.

11. El director de las publicaciones administra discrecionalmente la casuística y las excepciones a este código, si cupieran, y asume cualquier responsabilidad si al hacerlo defraudara sus obligaciones ante los lectores. Para su aplicación, los deberes y obligaciones emanados de este código de ética no deben ser interpretados tan estrechamente como para trivializar nuestro compromiso con los derechos de los individuos, ni tan ampliamente como para constituir una interferencia innecesaria a la libertad de expresión.