Julian Assange, fundador de Wikileaks, se encuentra bajo asilo político en la embajada de Ecuador en Londres. El día de ayer declaró que «mientras Wikileaks permanezca bajo amenaza, también lo estará la libertad de expresión y su salud para todas nuestras sociedades». También, agradeció a los medios de comunicación, ya que su presencia intimidó a la policía de Londres de una posible intromisión por la fuerza a la embajada, denominándolos “los ojos del mundo”.

El motivo de la extradición de Assange es por un delito sexual, no por los más de 200 mil documentos filtrados que pusieron en riesgo la seguridad nacional y estabilidad política de Estados Unidos. La Embajada de Ecuador especula que es todo lo contrario, que cuando Assange deje Londres será extraditado, bajo cualquier truco político, a Estados Unidos.

La desconfianza de la embajada ecuatoriana ante la Comunidad Europea es típica de un presidente capaz de ir a un juicio civil contra personas naturales, dejando de lado que los países europeos que la conforman están obligados bajo la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea a lo siguiente:

“2. Nadie podrá ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado en el que corra un grave riesgo de ser sometido a la pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o degradantes.” (Artículo 19)

Sin embargo, el punto de discusión no se centra aquí, con la polémica política estamos obviando el tema jurídico. Al final hablamos sobre la libertad de expresión, contemplada universalmente como exigible. La historia nos ha enseñado que el reconocimiento principal de este derecho se da en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, producto de la revolución francesa en el S.XVIII:

“XI. Puesto que la libre comunicación de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, excepto cuando tenga que responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.”

Este documento usa las palabras “libertad de pensamiento” y no señala el término “expresión”, dándolo de entender en “todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente”. Actualmente se protege a la opinión, debido al pensamiento. ¿Qué es el pensamiento y por qué toma forma en la opinión? El pensamiento, según Gregorio Badeni, es una actividad intelectual del ser humano que permite concebir, percibir, razonar y deducir conclusiones para arribar al conocimiento[1]. A pesar de ello, el ser humano está compuesto por factores subjetivos, valores y juicios prácticos que son producto de nuestra individualidad o identidad subjetiva, lo que induce a que nuestro pensamiento, en un estado lógico, se vea influenciado por estos factores dando el producto “opinión”.

El proceso explicado sucede en el fuero más íntimo del hombre. Es un acto esencialmente libre, en el que no se acepta limitación o impedimento alguno para que pueda realizarse, ya que es base de otros derechos como los de libertad política o culto. Lo único en lo que doctrinariamente se permite la intervención es en la influencia sobre el contenido o cuestiones determinadas, por ejemplo, en los casos de apología terrorista. A pesar de ello, este derecho no se encuentra totalmente constituido sin la expresión,  debido a que existe en la naturaleza del hombre una necesidad de convivencia y comunicación, haciendo la libertad de opinión y expresión conceptos indivisibles.

La expresión tiene una concepción pura y una simbólica. La primera se refiere a los modos verbales o escritos que se usan para comunicar, pues nació de un contexto donde se buscaba defender el rol de la prensa en la sociedad francesa, debido al gran acogimiento que este tuvo sobre la instalación de la república. Este término no protegía a comportamientos o demostraciones de cualquier índole.

La expresión simbólica nace a raíz del caso de Texas vs. Johnson en 1989: durante una protesta se quemó una bandera de Estados Unidos, siendo tomada como un atentado contra los símbolos patrios y no como una demostración de su opinión ante un sistema corrupto. Al final, reo Gregory Lee Johnson fue exculpado por la quema de la bandera. De este modo, se admitieron ciertas actitudes humanas y manifestaciones artísticas como una extensión de los bienes jurídicos del derecho de libertad de expresión, extendiendo a que se proteja toda expresión proveniente del intelecto humano.

Hoy en día, no dudamos de la relevancia que tienen los medios de comunicación en nuestra sociedad, los cuales son categorizados como un cuarto poder. Este término fue acuñado por Edmund Burke antes de la revolución francesa, debido a la fuerte presencia de la prensa escrita. Antes de la revolución, la prensa ya cumplía un rol político e informativo, hoy tomada como propaganda, en el que sirvió para la difusión de ideologías y la creación de la opinión pública o control de masas. Durante la revolución existieron periódicos defendiendo el absolutismo y la república, ambos confrontados por obtener el monopolio de la opinión en la clase popular, ya que en esta yacía el poder y base de la revolución, en su insatisfacción ante la supuesta ley divina que acogía la desigualdad.

Aquel que representó al pueblo francés durante la Convención Nacional, en la que fue decretada Francia como una república, fue Jean-Paul Marat, político conocido por ser periodista del diario L’ ami du peuple. Assange no está muy lejos de esta posición. Él siente que su actuar ha sido correcto, de tal modo que develó información al mundo que debe ser conocida. Incluso existe la posibilidad de que una nueva Charlotte Corday lo asesine por los crímenes que se le acusa en Suecia[2].


[1] BADENI, Gregorio

2002      Tratado de Libertad de Prensa. Buenos Aires: Lexis Nexi.

[2] Charlotte Corday fue una mujer que tuvo un importante rol en la revolución francesa. Estuvo vinculada al grupo político de los girondinos, y fue ejecutada por el asesinato del líder jacobino Jean-Paul Marat.

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