En diversas oportunidades se nos ha señalado que la educación es uno de los mecanismos que se tiene para luchar contra la pobreza, la desigualdad y asegurar el crecimiento económico de una nación y de sus pobladores. Si esto es así, ¿por qué se sigue creyendo que con solo la aprobación de una norma que busca ser más rígida e intervencionista, lograremos generar una reforma positiva en nuestro sistema de educación? Lo único que demuestra es que tenemos un gobierno paternalista que subestima o quiere controlar al individuo y a la libertad, vendiendo ello de una forma bien convincente: mejora de la educación.
Nuestra nueva Ley Universitaria es un reflejo de estos intentos de tratar de mostrar un falso cambio-solución frente a una situación que lejos de mejorar se está convirtiendo crónica. Se cree que con la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU (mecanismo bandera de la nueva Ley Universitaria), se logrará finalmente mejorar la calidad de la educación. La flamante SUNEDU tendrá a su cargo la ‘verificación’ del cumplimiento de las condiciones básicas de calidad en educación universitaria, así como la ‘verificación’ del destino de los fondos otorgados a las universidades (los cuales deben ser destinados a fines educativos y a mejoramiento de la calidad de la educación).
¿Hasta qué punto una condición puede ser considerada una condición básica? ¿Qué supone “fines educativos” y “mejoramiento de la calidad de la educación”? Existen supuestos en los que ello se podrá vislumbrar con facilidad. Sin embargo, ¿qué sucede con aquellos otros en los que no, con las situaciones límite? Estos conceptos son subjetivos y podrán ser interpretados según las necesidades del gobierno de turno.
La SUNEDU termina siendo juez y parte de un mismo proceso. Esto último se indica debido a que es el consejo directivo de la misma SUNEDU el que dictará las políticas y condiciones básicas de calidad; y, a su vez, otorgará, suspenderá o cancelará las licencias para el funcionamiento de las universidades si es que no las observan.
Ello se agrava si se tiene en cuenta que dichas cancelaciones o suspensiones proceden cuando se infrinja las normas sobre el uso de los fondos y condiciones básicas de la calidad de la educación, puntos que serán regulados e interpretados por la misma entidad finalmente (SUNEDU).
Siendo ello así, ¿cómo se garantiza que el Estado no intervendrá en las universidades? ¿Cómo se garantizará la independencia de la SUNEDU? Las potestades con las que cuenta la SUNEDU no necesariamente se sujetarán a consideraciones objetivas, lo cual finalmente puede dar como resultado en el corto plazo una afectación a la seguridad jurídica y de la libertad de pensamiento.
Ahora se quiere repetir el plato con los Institutos Superiores, y ¿luego se seguirá con los colegios, las editoras, los diarios, los canales de televisión? No nos olvidemos que todos ellos son herramientas para la educación. Decir que una norma busca asegurar la mejora de la educación vende tan bien como el lobo vestido de cordero. Debemos estar atentos, pues podemos estar en la antesala de la creación de Secretaría de Coordinación Estratégica del Pensamiento Nacional.