Claudia Lovón, Rodrigo Vega y Adrián Lengua, miembros del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, entrevistan a Ronald Gamarra, ex Procurador Anticorrupción , sobre la quinta condena al ex Presidente, Alberto Fujimori, por el caso de los «Diarios Chicha».

ED: ¿En que consiste el caso de los Diarios Chicha?

RG: Aquí estamos hablando de la idea de reelección de Alberto Fujimori hacia el año 2000. Para concretar esa idea, se vio en la necesidad de utilizar la “prensa amarilla”, la prensa sensacionalista, comprando los titulares y la línea editorial de los medios de comunicación llamados «chicha». Para ello, se desviaron los fondos de la Fuerza Aérea y del Ejército del Perú, de manera tal que todos estos montos fueron concentrados en el Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) y luego administrados por Montesinos y el propio Alberto Fujimori. Con ese dinero, justamente se pagó a los propietarios y los representantes de los medios de comunicación «chicha», para que publicaran las líneas editoriales y los titulares previamente elaborados en el SIN.  

ED: ¿A qué se ha condenado a Alberto Fujimori?

RG: En principio, otros autores como Montesinos, el Comandante General del Ejército Villanueva Ruesta y el Comandante General de la Fuerza Aérea Bello Vásquez fueron juzgados en el 2005 y condenados por un conjunto de delitos. Básicamente, asociación ilícita y peculado, condenándolos a 8 años de pena privativa de libertad, 3 años de inhabilitación y al pago de una reparación civil de 3 millones de soles. Diez años después, en el 2015, Alberto Fujimori ha sido condenado por el delito de peculado con base a estos mismos hechos, a la pena privativa de libertad de 8 años, 3 años de inhabilitación y al pago de una reparación civil solidaria de 3 millones de soles.

ED: ¿Cuáles son las pruebas que determinaron su culpabilidad?

RG: Por el juicio, han desfilado el propio Vladimiro Montesinos, los ex Comandantes Generales   (ya condenados) de las Fuerza Aérea y del Ejercito del Perú, el jefe formal del SIN, personal del SIN, personal asignado a la alta dirección del SIN, personal de la Fuerza Aérea y personal del Ejército del Perú; todos ellos, con el fin de corroborar la existencia de fondos en estas instituciones, la orden para el desvío hacia el SIN, y luego el pago, a través de una serie de personas, a los propietarios y representantes de los diarios «chicha». Hay una serie de documentaciones, peritajes que se realizaron tanto en la Fuerza Aérea como en el Ejército, para demostrar que efectivamente había un dinero asignado a esta institución que luego se utilizó para el ejercicio de acciones de inteligencia en conjunto con el SIN. El propio personal del SIN ha reconocido que ese dinero fue finalmente destinado al pago de los propietarios y representantes de los llamados diarios «chicha».

ED: ¿Varía en algo la condena que ya tiene Fujimori, es decir, la cantidad de años que estará en la cárcel?

RG: No, lo que sí suma es una quinta condena, la cuarta fue por un delito de corrupción. Por la época en la que se cometieron estos hechos delictivos, se aplica el Código Penal vigente, en circunstancias en las que no se sumaban las penas. En términos concretos, el tendrá que cumplir la pena más alta, que es la de 25 años producto de su autoría en los delitos de lesa humanidad.

ED: Hoy día, su abogado, William Castillo, ha señalado que esta pena está dirigida a evitar que postule a las elecciones del 2016…

RG: Las normas en el Perú son bastante claras. En tanto está cumpliendo una pena privativa de libertad y ha sido condenado por un delito doloso, no puede asumir un cargo público.

ED: ¿Esta sentencia va a impedir conseguir el indulto o cualquier otro beneficio penitenciario?

RG: La verdad, no. Además el tema del indulto ya fue resuelto en tanto Fujimori no califica para este. Por otro lado, tratándose de un crimen de lesa humanidad, no procede ninguna clase de indulto. Lo ha dicho la propia Corte Suprema peruana.

ED: ¿Cuál es el efecto de la inhabilitación de 3 años por la que se le ha condenado? 

RG: Él no podrá ejercer ningún cargo público en los próximos 3 años. Es evidente que, estando condenado a una pena privativa de libertad de mayor alcance y teniendo otras penas de inhabilitación, no podría ni siquiera pensar en desempeñar un cargo público.

ED: La sentencia condena a Alberto Fujimori al pago de 3 millones de soles, no obstante la Procuradoría ha pedido una cifra mayor. ¿Qué opinión le merece la sentencia en este aspecto?

RG: Evidentemente, el perjuicio para el Estado es mayor a los 3 millones, porque hubo un desvío de fondos por una cantidad superior. Yo creo que en estos momentos, el tema de la reparación civil es un asunto menor. Y además Fujimori no lo va a pagar. Recordemos que actualmente tiene por lo menos una deuda por reparación civil de 24 millones de soles. Y no ha pagado ni un solo sol, y esto no es una exageración.

ED: Por ejemplo, en el caso de Montesinos, sus cosas fueron embargadas para así obtener el dinero para pagar la reparación civil. ¿Qué se puede hacer en el caso de Fujimori para que este dinero sea pagado?

RG: Nada, porque Fujimori no tiene nada a su nombre. No se ha encontrado el dinero que se dice que se llevó fuera del país.

ED: La defensa legal del ex Presidente ya ha presentado un recurso de nulidad, pero aún le falta sustentar este pedido. ¿Cree usted que está solicitud podría declararse fundada?

RG: En verdad, no. Yo creo que la sentencia condenatoria está suficientemente sustentada en elementos de comisión y otros aspectos. No veo como la Corte Suprema pueda modificar la sentencia, habida cuenta que sobre estos mismos hechos, ya existe una sentencia del 2005, que además fue ratificada en el 2006 por la Corte Suprema, sobre otros autores y cómplices.

ED: El día de ayer, el Tribunal Constitucional ratificó la sentencia que condena a Fujimori por 25 años por los casos de Barrios Altos y La Cantuta. El abogado de Fujimori ha señalado que se trata de un hábeas corpus presentado por un tercero y que el hábeas corpus presentado por Fujimori aún se encuentra en evaluación. ¿Qué opinión le merece ello?¿Este hábeas corpus va a proceder?

RG: Lo que hay que señalar es que Fujimori, en términos penales, ha sido vencido y es una sentencia que no puede modificarse. Fujimori ha planteado una revisión de sentencia que también fue rechazada, incluso por el propio Dr. Villa Stain, a quien vinculan con el fujimorismo. Sin embargo, cabe hacer una precisión sobre ese hábeas corpus. Efectivamente, hay un ciudadano- con el que Fujimori dice no tener vinculación- que presentó esta acción, pidiendo su libertad en razón a su salud y el estado de edad avanzado. Este hábeas corpus fue declarado improcedente y hubo un recurso de agravio constitucional que llegó al Tribunal Constitucional.

En esas circunstancias, Alberto Fujimori presentó un escrito que señalaba que él no había autorizado presentar esta acción. Lo que paso luego es que Fujimori debió haber formalizado este desistimiento mediante un escrito con su firma previamente legalizada, pero él no hizo esta gestión. Entones, al Tribunal Constitucional no le ha quedado si no declarar improcedente el recurso de aclaración presentado por Alberto Fujimori en un hábeas corpus presentado por una persona a la cual dice no conocer. Fujimori no intervino en ese hábeas corpus formalmente, pero por un asunto formal, lo ha perdido.

ED: Y teniendo en cuenta ese antecedente, si él presente un hábeas corpus…

RG: Él está en su derecho y puede hacerlo. Pero, ¿cuál sería la razón para que esta acción pueda ser declarada procedente? No la hay. Fujimori ha sido condenado en un juicio que es ejemplar y ahora, cumple condena en una situación beneficiosa respecto de otras personas que cumplen condena en la cárcel.

ED: Finalmente, si realmente esta sentencia no aumenta los años de condena, ¿cuál es el impacto de esta sentencia?

RG: Creo que es parte del derecho a la verdad. Lo que hizo Fujimori es algo absolutamente grave: utilizar recursos del Estado y desviarlos no es un asunto menor, más aún si se ha comprado a la prensa con estos recursos. La prensa es un poder que debe ser libre, independiente, crítico y que debe tomar posición a favor o en contra, pero porque así lo decide, y no porque la compran.

Entonces, yo creo que los jóvenes- y toda la ciudadanía en general- deben saber las cosas que se hicieron, para que no se repitan en un futuro. Y para que sepan que estos  son actos delictivos y que quien lo hace, merece y recibe una efectiva sanción penal.

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