El jueves pasado, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) objetó la resolución del Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 (JEE), el cual indicaba que el presidente de la República, Ollanta Humala, había violado el principio de neutralidad desde que convocó a elecciones. Según el JEE, el presidente Ollanta Humala hizo una serie de críticas al ex presidente Alberto Fujimori, así como a los actuales candidatos a la presidencia. No obstante ello, el JNE consideró que habían vicios en la motivación de la resolución y una vulneración al derecho a la defensa. Por ello, en el presente editorial nos concentraremos en explicar los detalles del caso y analizaremos la necesidad de que el JEE subsane la resolución en aras de proteger el principio de neutralidad en este periodo electoral.

En primer lugar, es necesario precisar qué implica la neutralidad en nuestro ordenamiento jurídico. El artículo 4.4 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral define neutralidad como el “deber esencial de toda autoridad, funcionario o servidor público, independientemente de su régimen laboral, para actuar con absoluta imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.” Asimismo La Ley Orgánica de Elecciones, en su artículo 346, establece que “está prohibido a toda autoridad política o pública: […] b) Practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato.”

Estas normas se desprenden del artículo 31 de nuestra Constitución, el cual determina que “[…] la ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.” Lo que se busca a través de esta disposición es lograr una igualdad de condiciones en la contienda electoral.

En segundo lugar, cabe explicar qué decía la resolución del JEE – publicada en diciembre del año pasado- y en qué se sustenta la reciente decisión del JNE. La primera recogió 13 casos en donde se denunció un incumplimiento de la neutralidad por parte del Presidente, de los cuáles 8 se referían al ex presidente Fujimori. Sobre estos, el JEE indicó que se trataron de actos que vulneraban el principio de neutralidad en tanto habían sido analizados a luz de la normativa mencionada anteriormente. Debido a esto, el pleno del JEE resolvió poner en conocimiento del JNE la supuesta infracción cometida por el presidente.

A raíz de esta decisión, el procurador público de la Presidencia del Consejo de Ministros, Carlos Cosavalente, apeló la resolución y pidió su nulidad. Este argumentó una vulneración al derecho de defensa, la inmunidad de la institución presidencial y vicios en la motivación. Con fecha 28 de enero, el JNE dio respuesta al recurso indicando que anulaba la resolución del JEE ya que se había vulnerado el derecho a la defensa del presidente – en tanto se publicó la resolución del JEE sin haberlo notificado – y recalcó la existencia de vicios de motivación. Asimismo, exhortó a un nuevo análisis de los casos.

Ahora bien, cabe explicar por qué es de suma importancia que los errores mencionados por el JNE sean subsanados por el JEE a la brevedad. Para empezar, el JNE en ningún momento ha afirmado que el Presidente no ha vulnerado el principio de neutralidad durante esta época electoral. En segundo lugar, es vital que se siente un precedente en relación a la protección del principio de neutralidad. Ollanta Humala, al ser Presidente de la República, se encuentra en una posición de influencia para la población peruana. Independientemente de los comentarios que haga – y sobre quienes sean- la narrativa que adopte durante el proceso electoral puede ser usada fácilmente para desprestigiar la campaña de unos y alentar la de otros. No olvidemos que el presidente es aún miembro del Partido Nacionalista, el cual actualmente tiene un candidato que participará en los próximos comicios; el ex ministro del Interior, Daniel Urresti.

Si buscamos procesos electorales transparentes, es necesario lograr un clima de igualdad de condiciones en la contienda electoral. Nuestras autoridades deberían ser las primeras en velar por ello y asegurarse de que ninguna candidatura se vea perjudicada o enaltecida por comentarios que estos puedan hacer.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí