Richard Inurritegui, abogado del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

En junio de 2008 se promulgó el Decreto Legislativo N° 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación (ley de cuotas en el argot pesquero), por medio del cual se implementó el sistema de cuotas individuales de pesca a las embarcaciones industriales dedicadas a la pesquería industrial de anchoveta. Esta fue la reforma más importante en el sector pesquero, pues puso fin a la llamada “carrera olímpica”.

“Carrera olímpica” porque ni bien se abría la temporada de pesca, todas las embarcaciones salían a pescar lo más que podían y lo más rápido posible, pues lo que no pescaba uno lo pescaba el del costado y todos querían tener la mayor proporción posible de la cuota total. Era como el juego de la “piñata” en los cumpleaños de antaño, cuando se rompía la piñata y caía su contenido todos los niños se abalanzaban a recoger lo más que podían, con empujones y golpes de por medio y hasta la ayuda presta de alguna mamá que no quería que su hijito saliera desfavorecido en el reparto.

Las embarcaciones salían a pescar lo más posible y vertiginosamente, no importando si por ejemplo, las condiciones de mar no eran las más apropiadas. Se generaba también un incentivo perverso a trasgredir normas como pescar en las áreas reservadas a la pesca artesanal (dentro de las 5 millas) o pescar ejemplares juveniles. Otro daño colateral se daba por el lado la sostenibilidad del recurso, pues si bien se establecía una cuota total que no podía excederse, los volúmenes de pesca diario eran muy altos y eso no le hacía bien al recurso (se llegaban a pescar más de 100,000 toneladas diarias); esto además generaba congestión en la descarga y esa demora hacía que la pesca se deteriorara en las bodegas resultando en una materia prima de menor calidad con el consiguiente impacto ambiental. Asimismo, las temporadas de pesca eran cada vez más cortas, la cuota total se acababa muy rápido y los pescadores quedaban desocupados mayor cantidad de meses en el año.

Por el lado de las empresas, esa vorágine originaba sobrecostos e ineficiencias por la tendencia a gastar más para tratar de pescar más. Recuerdo una anécdota que me contaron sucedió en el Directorio de una importante empresa pesquera antes que existiera este sistema: El gerente de flota estaba sustentando la necesidad de que le amplíen su presupuesto para repotenciar sus embarcaciones, pues había calculando que con ello aumentaría en monto de pesca y eso sería beneficioso para la empresa. Un director intervino y le dijo que seguramente lo mismo debían estar haciendo los gerentes de flota de las otras empresas, con lo cual como la cuota total es fija, ninguna empresa iba a pescar más, sino que todas iban a gastar más. Al final le aprobaron su nuevo presupuesto, pues de no hacerlo lo que iba a ocurrir era que esa empresa iba a disminuir su pesca; es decir, cada vez había que gastar más para pescar lo mismo.

La reforma no cambió en esencia la normatividad general, pues la Ley General de Pesca Decreto Ley N° 25977 y su Reglamento, el Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus múltiples modificatorias, se mantienen vigentes. Lo que cambió fue simplemente un aspecto que en términos económicos fue crucial, pues se pasó de una expectativa de pesca a una pesca cierta, al asignarle a cada embarcación un porcentaje máximo de captura por embarcación (una cuota medida en un % de la correspondiente cuota total que se estableciera para la respectiva temporada). El reparto se hizo en función sólo a la pesca histórica para las embarcaciones de madera y a un sistema mixto de pesca histórica y capacidad de bodega para las embarcaciones de fierro (al final a cada uno le tocó, toneladas más toneladas menos, lo que había venido pescando en los últimos años).

Esa simple modificación cambió radicalmente la situación, las empresas adecuaron sus costos y el número de sus embarcaciones al porcentaje total de cuota de las mismas, resultando esto en una mayor eficiencia (el nuevo sistema permite asociar temporalmente o definitivamente la cuota de una embarcación a otra por lo que se puede pescar lo mismo con menos embarcaciones). Como ya se puede programar la pesca al tener la  cuota segura, la extracción se hace en forma más espaciada y ordenada, no saliendo a pescar si las condiciones de mar no eran adecuadas, reduciéndose ostensiblemente los accidentes. Al ser la pesca más espaciada ya no hay congestión en la descarga de anchoveta y se hace en mejores condiciones, lo que permite obtener mejores rendimientos de harina y aceite de pescado y de mayor calidad. Como consecuencia de ello, el impacto ambiental es también menor y se cumple en forma más eficiente con los Límites Máximos Permisibles tanto para los efluentes en el mar como para las emisiones al aire.

¿Pero cuál es la pertinencia de hablar de esta reforma 8 años después, además de ratificar lo positivo que fue para el sector?

Resulta que la propia ley de cuotas regula dos aspectos que han llevado a muchos en el sector a pensar erróneamente que el plazo de la ley es de 10 años y por tanto le quedan dos años de vigencia.

Nos referimos en primer término al artículo 10 en el que se establece una garantía de permanencia en el régimen por 10 años, para aquellos que suscribieran un contrato en esos términos con el Ministerio de la Producción. Eso se instituyó para el caso que se promulgara otra ley que derogara el sistema y se pensó en ello como un mecanismo para que al menos se aplicase por 10 años para quienes lo habían suscrito. En segundo término, en la Primera Disposición Final de la ley se creó por 10 años un aporte social de US$ 1.95 por tonelada de anchoveta descargada, para apoyar a la solución definitiva de la jubilación de los pescadores (el sistema de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador estaba quebrado) y con este aporte se calculaba inyectar aproximadamente US$ 100 millones; estos 10 años estaban referidos únicamente al plazo del aporte ( y al congelamiento de los derechos de pesca) y se establecieron en función al monto que la autoridad de entonces calculó que los industriales debían trasladarle a los pescadores jubilados.

Sin embargo, estos dos ejemplos son regulaciones de aspectos puntuales con vigencia de 10 años, pero el sistema de cuotas es de carácter indefinido pues nada en la ley hace referencia a algún plazo para el sistema y por tanto se mantiene, además éste se ha consolidado y existe el consenso entre el sector privado, autoridades, científicos y ambientalistas que es el mejor sistema para la pesquería. Así pues, la “carrera olímpica” o la “piñata”, el ejemplo que más le guste, no volverán a la pesquería industrial de anchoveta.

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