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Entrevista Maria Isabel La Rosa sobre la regulación del uso de animales en las experimentaciones

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Enfoque Derecho conversó con Maria Isabel La Rosa, Presidenta del Comité de Ética para la investigación con seres humanos y animales y Magíster en Psicología por la PUCP, sobre la regulación existente respecto al uso de animales en los procesos de experimentación.

Enfoque Derecho: ¿Cuáles son los protocolos y estándares para la experimentación con animales en la PUCP?

Maria Isabel La Rosa: Me referiré principalmente a aquellas regulaciones que tomamos  en el Comité de Ética para la investigación con seres humanos y animales de nuestra universidad. Dentro del reglamento de este Comité de Ética, el capítulo III se refiere a las investigaciones con animales.

Este capítulo trata dos temas principales. Por un lado, las consideraciones sobre el estatus moral de los animales durante una investigación y cómo, en función de este estatus moral, es importante implementar principios de respeto y de protección. Por otro lado, se hace referencia a varios principios, los cuales responden a estándares internacionales. Uno de estos principios es el de las tres R’s de Russell: Reemplazo, Reducción y Refinamiento. En nuestro reglamento tenemos contemplados a cada uno de ellos con sus respectivas definiciones y conceptualizaciones. También están los principios de balance daño/beneficio, el principio preventivo, el de precaución o precautorio y el de responsabilidad.

Todos estos principios dan un marco sumamente importante pues cuando hablamos de reemplazo la idea es que los científicos o investigadores, en función del objetivo que tienen de investigación, y el recurso animal que desean utilizar para su estudio, piensen si estos se pueden reemplazar por medios alternativos. Además, deben tener en cuenta en qué medida un animal de mayor capacidad podía ser sustituido por uno de menor capacidad, se entiende que la sensación y el acceso al dolor en estos últimos serían menores.

El principio de reducción apunta a disminuir al mínimo el número de animales utilizados en un estudio. En la medida de lo posible, pretende evitar el uso de animales salvajes, especies protegidas o en peligro de extinción.

El principio de refinamiento también implica que el daño que se genere a los animales sea el mínimo posible, se reduzca. Se entiende por daño cualquier perjuicio destacable a los intereses del animal, incluida la muerte, el sufrimiento, la angustia, las consecuencias que pueden ser perdurables o irreversibles.

En cuanto al principio del balance daño/beneficio, la idea es comparar el daño posible al animal y el valor que podría aportar el resultado que se derive de esa investigación (en qué medida esa investigación va a generar un beneficio mayor a la humanidad, al campo disciplinario); de tal manera que esté clara la justificación para experimentar con el animal. Esto implica que se esté aceptando que hay aunque sea un daño mínimo, pero por lo mismo, limitado. Y si se pudiera acudir al reemplazo, mejor aún.

El otro es el principio preventivo, que consiste en la prevención de los daños en la mayor medida posible, y por tanto una evaluación de los riesgos potenciales. Luego está el de precaución, que trata nuevamente de tener cuidado en el daño o el trastorno irreversible; sobre todo apunta a cuando el investigador no tiene certeza de lo que pueda ocurrir con la experimentación, en ese sentido, el principio incide en que no debe utilizarse el desconocimiento como una excusa  para postergar la adopción de medidas eficaces para la protección del animal.

Finalmente, encontramos el principio de responsabilidad,  en el que, tanto el investigador como todos los miembros del grupo de investigación, son responsables por los daños que se generen en la investigación con animales. En este principio también se exige que cuando un equipo de investigación haga estas investigaciones, siempre cuente con un especialista (un médico veterinario, un especialista en crianza animal), dependiendo de la naturaleza del estudio. De esta forma, los especialistas se informarán de las posibles consecuencias, que por ser ajenas a su campo disciplinario, podrían por desconocimiento no tomarlas en cuenta.

La reflexión sobre estos temas también permite reparar en que cuando trabajamos con animales, debemos tener la capacidad de pensar que este ser vivo podría ser un humano, y por ende, dilucidar si sería permisible el dolor, el sufrimiento, la angustia o la pérdida de su bienestar para los fines de la investigación.

ED: ¿Existen pactos internacionales que regulen estos experimentos? 

MR: Existen algunas Declaraciones Internacionales (como las de los Derechos Humanos, pero de derechos animales) que recogen el derecho a la vida, el derecho a la protección, los cuidados que se requieren por si fuera necesaria la eutanasia luego del proceso de investigación, el cuidado al animal si este participará en un estudio siguiente o en una segunda fase de este mismo, los tiempos de recuperación a tenerse en cuenta, etc.

Hay algunos estándares europeos en materia de protección animal, pero en América Latina, curiosamente, lo que he encontrado son regulaciones en Argentina, en Uruguay y en Chile Por supuesto, en el Perú hay también legislación.

ED: ¿Estos pactos vienen siendo aplicado en el Perú? ¿De qué manera?

MR: En el Perú encontramos la ley Nº 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal. Esta ley no solo habla de los animales para los experimentos, sino también de aquellos que viven en cautiverio, y otros grupos. Efectivamente, su artículo 20, habla del Comité Nacional de Ética para el bienestar animal y de su conformación. La idea detrás de esto es que este Comité sea el encargado de evaluar los criterios usados por los otros Comités de Ética para establecer parámetros de bienestar animal basados en criterios aceptados internacionalmente.

Luego, hay una serie de prohibiciones como atentar contra los animales. En el artículo 25 encontramos , específicamente, algunas prohibiciones y excepciones  para la utilización de animales en actos de investigación y docencia. Dice taxativamente: “quedan prohibidos los siguientes actos” y enumera una serie de ellos.

De esta forma, se señala, que toda experimentación con animales vivos que puedan ocasionarles sufrimiento innecesario, lesión o muerte queda prohibidos, salvo que resulten imprescindibles para el estudio y avance de la ciencia y que los resultados no puedan obtenerse mediante otros procedimientos o que puedan sustituirse con otras medidas. Esto último tiene que ver con lo ya tratado respecto de los principios de reemplazo, reducción, refinamiento, etc.

El otro punto importante es que se señalan los límites de la experimentación animal en temas de docencia o de investigación para la docencia. Creo que eso es importante porque muchas veces se cita la posibilidad de replicar algo que está en la literatura, algo que ya está demostrado, con el único fin de enseñarle al futuro investigador cómo realizar ese trabajo.

Hace unos días se ha dado el caso de que en una práctica universitaria en una casa de estudios de Lima, una alumna no quiso abrir al animal para un determinado experimento. Lo rechazó, dijo que eso iba a hacer sufrir al animal, se reafirmó en eso, fue apoyada por varios de sus compañeros; y posteriormente la universidad manifestó mediante un comunicado que quedaban suspendidas ese tipo de prácticas para el aprendizaje. Uno puede observar una serie de videos de prácticas con animales que no dejan de ser bastante impresionantes para la sensibilidad humana, así se tenga solo un mínimo de empatía y respeto por la vida animal.

Pero todo es posible porque cada vez se va tomando más conciencia, hay más información, se reflexiona sobre ello.

ED: ¿Qué nos falta para una adecuada regulación de este tipo de experimentos en el Perú?

MR: Diría que el debatir más acerca del estatus moral de los animales, de modo que los investigadores no estén guiados únicamente por el objetivo de la investigación, sino que sean capaces de reflexionar sobre las posibles consecuencias en términos de daño al animal.

Cuando no tenemos esa otra mirada sobre los animales, resultamos utilizándolos no adecuadamente, les restamos el valor que tiene su vida. Ahora, este giro también implica un cambio de prácticas. Es importante que se generen espacios de diálogo, de reflexión, de intercambio con otros expertos y especialistas, para tomar conciencia y modificar estas prácticas perjudiciales.

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