Este sábado, Lula Da Silva presentó oficialmente su candidatura a la presidencia de Brasil. A pesar de ser sentenciado por su participación en el caso de corrupción Lava Jato, el más importante de los últimos años, y encontrarse en prisión, el ex mandatario se encuentra en búsqueda de su tercer periodo como presidente de Brasil.

Lula Da Silva cuenta con un treinta y cinco por ciento de aprobación entre los ciudadanos brasileños, con lo que se perfila como uno de los favoritos para dirigir el gobierno brasileño, de poder inscribir ante las autoridades competentes su candidatura. Sobre esto último, ha surgido la polémica de si Lula puede o no presentarse a las elecciones presidenciales brasileñas, debido a su sentencia por el caso de corrupción en el que participó. Es para ello necesario un repaso del caso del ex presidente y determinar si la legislación brasileña considera algún impedimento para que este inscriba su participación para alcanzar la presidencia.

En julio de 2017, Sergio Moro, juez de primera instancia y encargado del inicio judicial del caso Lava Jato, condenó a Lula a nueve años y seis meses por los delitos de corrupción pasiva y lavado de dinero; esta sentencia fue reafirmada en enero de 2018 por el Tribunal Regional Federal de la 4ª región de Porto Alegre, el cual elevó la condena a doce años y un mes de prisión y finalmente fue ratificada por el Plenario del Supremo Tribunal Federal. Actualmente, Lula Da Silva continúa en prisión luego de la negación de las cortes brasileñas de aceptar el Hábeas Corpus que este presentó a inicios de este año.

La polémica ha surgido debido a que la ley brasileña denominada “Ficha Limpia”, refrendada por Lula Da Silva cuando era presidente, no permite, en principio, participar en la candidatura presidencial a quienes han sido condenados en dos instancias, así como aquellos que hayan atravesado un impeachment o renunciado para evitar un juicio político. Esta ley, considerada constitucional por la Corte Suprema Federal, se impulsó con el objetivo de evitar que sentenciados por corrupción ocupen cargos públicos.

Esta ley, propuesta mediante iniciativa popular en el 2010, busca limitar el derecho de participación política de los ciudadanos en búsqueda de evitar que la administración sea dirigida “por los mejores”. Los derechos políticos son aquellos que permiten la participación de los ciudadanos en la vida política de una nación; dentro de estos se encuentra comprendido el derecho a ser elegido por la sociedad, el cual se encuentra directamente restringido mediante la ley de Ficha Limpia.

Los derechos políticos son reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por lo tanto aplicables a todo ser humano y la reducción de estos debe ser siempre motivada y proporcionar, a fin de no transgredir los derechos de este. Considerando eso, es primordial preguntarnos si dicho corte de derechos políticos es una necesidad o un exceso.

Para responder esto último, es necesario reparar en que la ley de Ficha Limpia no solo prohíbe la candidatura de quienes ha sido sentenciados en segunda instancia por delitos de corrupción, sino que no distingue entre los diferentes tipos penales, si no que más bien considera a todos ellos como una causa para limitar el ejercicio del derecho a ser elegido. Si bien la ley busca proteger bienes sociales como la gobernabilidad y el correcto funcionamiento de la administración pública, se debe considerar que se encuentra también en juego el ejercicio efectivo y más fundamental de la democracia: el derecho a elegir y ser elegido. Es por ello que para considerar la constitucionalidad de la ley, esta debería estar dirigida sólo a prohibir la candidatura de quienes han sido sentenciados en segunda instancia por delitos de corrupción.

Se debe tener en cuenta también que para la correcta aplicación de la ley, es necesario un sistema de justicia imparcial e independiente que no se preste a intereses privados, de modo que no se produzcan perseguimientos políticos, sino que actúe con argumentos acordes con el ordenamiento jurídico. En el caso de Lula da Silva, hasta el momento, la justicia brasileña está actuando en el marco de la ley, pues las acusaciones fiscales y la condena que recae sobre el ex presidente tienen como fundamentos las investigaciones que vienen desde el 2014 en el caso Lava Jato.

Ahora, si bien a primera vista Lula da Silva no podría mantener su candidatura presidencial por la ley “Ficha Limpia” debido a que tiene una condena  confirmada por dos instancias, esta misma ley, en el artículo 26-C°, plantea una excepción de participación. En razón de ello, quienes vean impedida su candidatura por ser denegadas por el Tribunal Superior Electoral, pueden acudir a una instancia superior y solicitar su habilitación para participar. El tribunal competente para esto será la Corte Electoral, la cual es la instancia superior y final al Tribunal Electoral.

En conclusión, ahora que Lula Da Silva ha presentado su candidatura, esta puede ser obstruida por la Ley de «Ficha Limpia», a menos de que ex presidente plantee una excepción a las autoridades brasileñas que le permitan finalmente participar en las elecciones a la presidencia de su país.

Fuente: Radio Libertad

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