Frank García Ascencios, abogado y magister en Derecho Empresarial por la Universidad de Lima, máster en Seguros y Gerencia de Riesgos por la Universidad Pontificia de Salamanca y ex jefe de Arbitraje de CECONAR- SUSALUD.

La salud es un derecho inherente al ser humano. Uno por la condición de ser persona tiene garantizado este derecho, que permite se logre vivir en bienestar físico y mental. El concepto de salud trasciende al solo estado de enfermedad. La Organización Mundial de la Salud (OMS) la define como un bienestar físico, mental y social.

No siempre se ha conceptualizado la salud como un derecho, antes fue vinculada a la divinidad, debido a que unos viven más que otros, pero se creyó que dependía de la voluntad de Dios. Esta concepción permanece hasta la revolución industrial, finales del siglo XVIII, donde la exigencia de mejores condiciones laborales lleva a que se cuente con servicios sanitarios para los trabajadores.

Desde el siglo XVIII hasta el siglo XXI el desarrollo de la ciencia ha permitido el avance de la medicina; generándose el aumento de la esperanza de vida, debido a que se cuenta con mejores tratamientos y medicina.

Los MARCS o los Alternative Dispute Resolution (ADR) son mecanismos alternativos, al Poder Judicial, de solución de conflictos. Buscan que las personas no acudan a un proceso judicial, sino que solucionen sus conflictos a través de medios “alternativos”, ajenos, al aparato estatal de justicia.

La cultura del litigio provoca que generalmente se prefiera iniciar un proceso judicial, que al prolongarse representa un perjuicio mayor contra los agentes del conflicto, debido al incremento de los costos por concepto de gastos legales.

En relación a las organizaciones que brindan servicios o productos de salud, como son las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), el costo económico es mayor, debido a que el daño a su imagen resulta perjudicial.

En otras palabras, el conflicto contra una empresa ha dejado de ser un tema puramente jurídico, ya que también puede afectar su reputación en el mercado, más aún cuando es en una materia sensible como la salud.

Si bien la mediación y la conciliación extrajudicial son buenas herramientas para la solución de conflictos en materia de salud, frecuentemente las IAFAS e IPRESS en general no realizan un buen análisis de cada caso en concreto, por lo que no puede llegarse a un acuerdo con el paciente o asegurado o beneficiario.

Sobre el particular, se propone que estas organizaciones cuenten con un Compromiso a Conciliar, que es una declaración por parte de las IAFAS e IPRESS de buscar llegar a un acuerdo extrajudicial antes de acudir a la vía judicial, sin la renuncia de sus derechos, ni coste adicional.

Este Compromiso permite que el área legal de estas organizaciones brinde prioridad a los conflictos que estarían pronto a judicializarse, y así evitar mayores costos en tiempo y dinero.

El Compromiso a Conciliar obliga al sector a cambiar su filosofía sobre la solución de conflictos en los productos de salud, pasar de una cultura del litigio a una cultura de la negociación, en beneficio del sistema, debido a que con un proceso judicial ambos agentes finalmente terminan perdiendo.

El Compromiso manda a tener personal con habilidades de negociación, para que pueda representar correctamente los intereses de las IAFAS e IPRESS, y valorar en cada caso el beneficio final que lograría.

Asimismo, su personal debe tener empatía, debido a que se está frente a conflictos que involucran la salud, por lo que la contraparte acude a las sesiones con una fuerte carga emocional.

El Compromiso a Conciliar es una declaración unilateral que debe ser difundido e interiorizado por las propias IPRESS y IAFAS del sector salud. En el sector privado, la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) y la Asociación Peruana de Entidades Prestadoras de Salud (APEPS) deben comprometer a las aseguradoras y a las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) a formar parte de este Compromiso, incluida la reformulación de sus áreas de solución de conflictos.

Por otro lado, en el sector público, el Ministerio de Salud (MINSA) debe promover esta política de forma coordinada con otras instituciones públicas involucradas.

Es fundamental este cambio en el sistema de solución de conflictos, en principio porque se está frente a controversias que involucran la salud, como las coberturas, preexistencias, nulidad del contrato, reembolsos, indemnizaciones por daños, entre otros conflictos vinculados directamente con la salud.

En el sector privado, resulta atractivo comercialmente que las empresas también se preocupen en cómo solucionar los conflictos con sus asegurados o beneficiarios; resultando un valor agregado en la oferta de cobertura de salud el contar con el Compromiso, debido a que genera la percepción que a la aseguradora o EPS sí le importa llegar a una pronta solución frente al conflicto.

Respecto al sector público, este cambio en el área de solución de conflictos permite demostrar una real práctica de su humanización frente a los conflictos en salud, y un verdadero acceso a los MARCS como un derecho de los usuarios de los servicios de salud.

Para ofrecer mayores resultados, la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), en su calidad de promotor y defensor de los derechos de los usuarios de los servicios en salud, debe contar con un registro donde se publique qué IAFAS e IPRESS son las adscritas al Compromiso a Conciliar.

En el sector privado, el registro del Compromiso a Conciliar tendrá un mayor impacto en el mercado, debido a que la cantidad de aseguradoras en salud o EPS en el país es pequeña, por lo que se tomará conocimiento con inmediatez quienes forman parte del Compromiso.

Más que un registro, el Compromiso a Conciliar es un deber moral para evitar que los conflictos que involucren la cobertura de salud tengan que resolverse en la vía judicial. Es triste que estos conflictos se ventilen en dicha vía, cuando deberían ser abordados de distinta forma.

Cabe resaltar que las aseguradoras privadas y EPS tendrán una ventaja comercial significativa respecto a su imagen en el mercado, si es que cuentan con este Compromiso, debido a que el mercado de la salud cada vez está más informado por la función que cumple SUSALUD, y no será raro que en los próximos años más allá de las coberturas a contratar, el asegurado también verifique cómo se solucionan los conflictos en cada caso.

Recuerde que frente a un problema es mejor promover su pronta solución, bien dice el dicho “gasta tus energías resolviendo problemas y no creando conflictos”.

Fuente de la imagen: agencia todainfo

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