Por Abner Francisco Casallo Trauco, estudiante de Derecho de la UNMSM y Economía de la UNAC, pasante de la Universidad de São Paulo- Brasil, y colaborador de Regulación Racional.

Recientemente se ha aprobado el  Proyecto de Ley 289 el cual modifica la ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular y establece que ahora el cobro de los establecimientos vehiculares se realizará por minuto y ya no por hora o fracción, como se venía haciendo antes. El objetivo de este escrito es evaluar si dicha modificación es justificada. Consideramos que no.

En primer lugar, hay que tomar en cuenta que estamos ante un mercado de estacionamientos. En base a esto, considerando la elasticidad de los demandantes, ¿por qué los estacionamientos no cobran por cada 5 o 10 horas? La respuesta es que difícilmente un consumidor esté dispuesto a quedarse 30 minutos y pagar por 5 horas, el precio por unidad de tiempo es muy alto, los usuarios preferirán dar uso a opciones sustitutas. Es decir, el pago por uso del lugar sigue dependiendo del esquema de oferta y demanda.

En función a esto, el estacionamiento decide organizar internamente su empresa y establece un cobro por cada hora de uso (no por días o segundos). El estado al intervenir lo que está haciendo es abaratar el pago por estacionamiento por unidad de tiempo poniéndolo por debajo del equilibrio (de hecho, es una forma de regulación de precios), ¿cuál es la consecuencia de esto? Que se incentiva el mayor consumo de estacionamientos. En efecto, el cobro hora y no por minuto generaba que haya menos ocupación en el lugar (al menos un grupo de usuarios evitaría quedarse luego de la hora cumplida, pues pagarán los minutos adicionales como si fuese una hora más).

En relación a lo anterior, aunque para este caso sea un efecto marginal, siguiendo al razonamiento de Donald Shoup, en el corto plazo, los precios más bajos de estacionamientos inducen a los que ya conducían a conducir aún más. Incluso algunos que de otra manera podrían caminar, andar en bicicleta o viajar en transporte público cambiarían eventualmente ello por conducir. A largo plazo, el precio más bajo del estacionamiento conduce a una mayor propiedad del vehículo y, por lo tanto, aumenta aún más el desplazamiento del vehículo.

Esto es especialmente preocupante en una realidad como la nuestra en la que según los datos proporcionados por el MTC solo entre 1995 y el 2015, la tasa de crecimiento del parque automotor nacional fue de del 83.6%. Es decir, la demanda de infraestructura de transporte ha ido aumentando con el paso de los años (y probablemente seguirá sucediendo). En este contexto, ¿es pertinente que el Estado abarate y por lo tanto incentive el mayor uso de vehículos?

Sin embargo, alguien podría pensar que la intervención del Estado en este caso es justificada pues se “protegería” al consumidor. Para responder a esto habría que preguntarse primeramente cuando se justifica la regulación en problemas relacionados al consumidor, la respuesta es cuando estamos ante asimetría de información. Sin embargo, esto no se refiere a cualquier desconocimiento del producto o servicio, sino a la presencia de un riesgo moral o selección adversa que puedan llevar a subóptimos sociales. Lo cual no se presenta en el este caso analizado.

Siendo esto así, ¿por qué el Estado interviene en este mercado? La respuesta probablemente sea más política que de técnica económica. ¿Si mejor no establecía un cobro por segundos? Claro esto sería más absurdo, pero evidencia mejor la falta de lógica de la propuesta: estamos ante una intervención no solo innecesaria, sino perjudicial para la sociedad.

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