Abner Francisco Casallo Trauco, estudiante de Derecho de la UNMSM y Economía de la UNAC, pasante de la Universidad de São Paulo- Brasil.

Recientemente se ha aprobado la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Público el cual ha venido de la mano de la derogación del DL. 1442. Según este nuevo marco legal los trabajadores del Estado podrán exigir aumentos salariales sin considerar, no obstante, las consecuencias fiscales de esto. En este artículo buscamos evaluar si la medida es justificada.

En primer lugar, el proyecto 02057/2017-CR, que forma parte del texto sustitutorio, no hace ninguna alusión a los costos que genera, sino que se limita a decir que “el beneficio de la legislación planteada, redunda no solo en un mejor desempeño laboral como consecuencia de la mejor protección de los derechos de los trabajadores, sino también en la deseable mejora en el desarrollo organizacional de la institución”[1], lo cual es falso, como veremos.

Empecemos considerando los costos fiscales. El pago a los trabajadores públicos se financia con impuestos. El peligro es el incremento déficit fiscal. Esta expresión, bastante conocida, puede pasar por alto para muchos. Sin embargo, es muy importante. Si los egresos del Estado aumentan más que sus ingresos, lo ata de manos y las consecuencias son poco deseables tales como la limitación de políticas sociales. Si hay déficit fiscal, el estado debe reducir los gastos y transferencias, lo cual implica menos recursos para la educación, la salud, etc.

En efecto, el costo de oportunidad de permitir que los trabajadores del sector público puedan pedir mayores aumentos a través de la negociación colectiva es que tengamos menos dinero para la educación de los niños pobres, de las personas enfermas que cuentan con bajos recursos, etc[2]. Vamos entendiendo por qué el aumento déficit fiscal es poco deseable. Asimismo, esto muestra porqué los regímenes de empleo público y privado no son iguales[3].

Ahora bien, lo señalado no se debe malinterpretar. No es que un aumento de salarios de los trabajadores públicos sea per se algo negativo. Al igual que en el sector privado, esto es perjudicial si dicho aumento del salario no viene de la mano de una mejora de la productividad del trabajador. Algo que el marco de negociación colectiva del proyecto citado no garantiza. Entonces, ¿qué alternativa tenemos para conseguir una mejora salarial y a la vez una mejor productividad del empleado público (y por lo tanto un mejor sector público)? Una de ellas es la ya existente carrera administrativa.

Por ello, entre otras normas, se emitió en su momento el DL. 276 según el cual la carrera administrativa tiene por objeto permitir la incorporación de personal idóneo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realización personal, en el desempeño del servicio público. A su vez, la norma garantizaba que dentro de un Sistema Único de Remuneraciones exista una adecuada compensación económica.

Siendo esto así, como se han reiterado diversos especialistas, esto podría ir contra lo establecido en el artículo 79° de la Constitución Política, según la cual los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto. Lo que esta norma busca es evitar que el legislativo haga un mal uso de sus facultades emitiendo medidas populistas como la presente que terminan afectando la economía del país.

Actualmente, el Perú está en un proceso en el cual busca reducir el déficit fiscal (la meta es el 1% para el 2021), ¿esta medida es acorde a dicha meta? No, ¿es idónea? No, ¿es acorde a los parámetros constitucionales? No. Estamos pues, como en muchos otros casos, ante una medida populista.


[1] Al respecto, se podría pensar que esto se fundamenta en la Teoría de los Salarios de Eficiencia, según el cual un mayor salario incentiva, bajo determinadas circunstancias, una mayor productividad del trabajador. Sin embargo, la norma no garantiza mecanismos para conseguir dicha asociación. Creer que porque los trabajadores del sector público podrán realizar negociaciones colectivas serán más productivos es una asociación muy simplista. Sobre las condiciones que podrían justificar dicha teoría se puede revisar: DESORMEAUX, Nicolás. Salarios de eficiencia y productividad.   Documento de Trabajo, 19. Center for Applied Sciencies, Valparaíso, Chile, 2010.

[2] Asimismo, otro problema del déficit fiscal es su efecto sobre la inversión y el crecimiento económico. El déficit fiscal reduce el ahorro del gobierno, esta reducción del ahorro del gobierno condiciona a que este invierta menos. Esta menor inversión conlleva a un menor crecimiento. Sin necesidad de entrar a modelos de crecimiento, si analizamos las ecuaciones de brecha: (T-G)+ (S-I)= (X-Z), sea T impuestos, G gasto, S ahorro, I inversión, X exportaciones y Z importaciones. Ceteris paribus, un aumento del gasto implica una reducción de la inversión. También se podría analizar su efecto sobre el déficit externo o de la balanza corriente. Al respecto, se puede revisar DE GREGORIO, José. Macroeconomía, teoría y políticas. Pearson. Santiago, 2007, p. 13 y ss.

[3] MARTINEZ ORTIZ, Juan José. La negociación colectiva en el Sector Público, a partir de la última sentencia del Tribunal Constitucional. Revisado el 21/10/2018 en:
https://juanmartinezortiz.blogspot.com/

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