Por Guillermo Arribas, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Master en Derecho por Yale Law School. Profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados.

En el 2013 sustenté mi tesis de grado. Escribí sobre una casación por un caso de desalojo, la Casación N° 4774-09-LIMA. Una empresa, Covensa S.A., había solicitado el desalojo por precario de un terreno de su propiedad. Los invasores eran un grupo de personas que, para efectos prácticos, identifiqué como los Escalante. Covensa tuvo un largo recorrido en nuestro poder judicial: dos sentencias de primera instancia, tres de la Corte Superior, y dos casaciones de la Corte Suprema. El resultado no justificó los 12 años de espera, en última instancia la Corte Suprema ordenó a Covensa iniciar un nuevo proceso.

Luego de mi tesis de grado se ha visto un constante intento del Estado por proteger a los Covensa del Perú. En el 2014 se aprobó la Ley N° 30230, reforzando la defensa posesoria extrajudicial del Código Civil, y la Ley N° 30201, creando un proceso de desalojo judicial express siempre que se incluya una cláusula de allanamiento anticipado en el contrato de arrendamiento correspondiente. Hoy el congreso está tratando un nuevo intento, la Ley del desalojo notarial express.

El Proyecto de Ley N° 3312/2018-CR establece la posibilidad de obtener un desalojo aprobado por un Notario. El Notario remplaza al poder judicial, evidenciando las limitaciones del desalojo judicial express. Esto no debería generar sorpresa, no importa lo que dijera la norma del desalojo por allanamiento anticipado, no dejaba de ser un proceso judicial, y no han sido los mejores años del poder judicial. Lo que debía ser menos de un mes se podía transformar en un año.

Si bien los Notarios ejercen función pública, en principio ésta no está relacionada con supuestos de conflicto entre partes, como es el caso de un desalojo. No obstante, en Perú hemos entregado progresivamente más facultades a los notarios dentro de esta bolsa. La prescripción adquisitiva notarial, la entrega de título supletorio, y ahora el desalojo notarial express. Es una solución creativa, lo que el Estado busca es acudir a instituciones que funcionen (o que no funcionen tan mal) para suplir las deficiencias de las instituciones que no lo hacen. Se trata de parchar las limitaciones del Poder Judicial descargando responsabilidades que normalmente estarían a su cargo.

La Ley desde hace ya más de 10 años está tratando de ponerse al servicio de los Covensa, una reivindicación quizá necesaria después de los fantasmas que generó la reforma agraria de los 60s. En el fondo, lo que el desalojo notarial express y las otras normas referidas buscan es proteger el sistema legal de propiedad en el Perú, objetivo tan importante como complejo.

Fuente de la imagen: El Comercio

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