Farmacias deberán vender medicamentos genéricos prioritarios

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A partir de hoy, viernes 6 de diciembre, todas las farmacias y boticas del país deberán contar con una lista de medicamentos genéricos prioritarios disponibles para vender al público.

Esta medida tiene su fundamento en el Decreto de Urgencia aprobado por el Ejecutivo y publicado el 31 de octubre del presente año. Nos referimos al DU N° 007-2019, que declara a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad.

Cabe señalar que la presente norma, en sus disposiciones complementarias finales, ha señalado que entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de su Reglamento, el cual debe ser refrendado por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía y Finanzas. Al haberse cumplido el plazo, ayer fue publicado en El Peruano el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 007-2019, por lo que la norma entra en vigencia desde el día de hoy.

El Reglamento señala, en su artículo 18, que “todas las farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado, que operan en el país, deben mantener disponibles o demostrar la venta de los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional contenidos en el Listado aprobado por el Ministerio de Salud”. Según declaró Víctor Zamora, asesor de Políticas de Salud del Minsa, “fueron seis los criterios que determinaron la elaboración de la lista”. Entre estos, se consideró, por ejemplo, a los medicamentos que sirvan para enfermedades importantes, como la diabetes, salud mental o la hipertensión. Otro criterio es que sean enfermedades comunes, como dolor de cabeza, diarrea.

Finalmente, es importante mencionar que, durante tres meses, aproximadamente hasta febrero del 2020, para que los establecimientos farmacéuticos se adecuen a la norma y puedan abastecerse correctamente, se realizan fiscalizaciones orientativas, mediante una verificación de su cumplimiento sin fines punitivos.

Sin embargo, a partir marzo del 2020 comenzarán a regir las multas escalonadas y diferenciadoras de acuerdo al tamaño de las boticas y farmacias.

 

 

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