Por Enfoque Derecho

  1. Poder Judicial prohíbe la transmisión permanente de “La Paisana Jacinta”

Tras 6 años de una larga batalla legal, promovida por un inicio por Cecilia Paniura Medina, Rosa Isabel Supho Ccallo, Irene Martha Quispe Taboada y Rosalinda Torres Morante, este 14 de octubre del 2020, la Corte Superior de Justicia de Cusco ordenó que el programa de televisión deje de ser emitido por considerar que promovía la discriminación contra la mujer campesina peruana.

De este modo, mediante la resolución N°109 se dispuso que tanto Jorge Benavides, el actor que interpretaba al personaje, como Latina televisión, el canal por el que se transmitía, se abstuvieran de propalar al programa “La Paisana Jacinta” y otros similares que atentaban contra los derechos a la dignidad humana, igualdad y no discriminación, al honor y la buena reputación y a la identidad étnica y cultural de las mujeres andinas. Por último, la resolución judicial también recomendó a los ministerios “afianzar sus políticas en general y medidas de control de sus competencias” para así evitar la vulneración de los derechos antes mencionados.

Referencias: 


2. Gobierno promulga la Ley del Libro que extiende los beneficios tributarios a la industria editorial

Este jueves 15 de octubre,  el Gobierno peruano promulgó la ley N° 31053, “Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro”, la cual busca asegurar la extensión por tres años de beneficios tributarios a la industria editorial (antes de esta extensión el beneficio finalizaba el 15 de octubre) y, además, aumentar el presupuesto anual destinado al sector editorial. Ello con el fin de que los libros y productos similares no suban precios y, así, se evite la piratería.

Cabe resaltar que entre los principales beneficios tributarios se encuentra la exoneración del impuesto general a las ventas (IGV) por la importación y/o venta en el país de los libros productos editoriales afines. Asimismo, en la norma publicada, se establece también la creación de un fono de 16 millones de soles anuales, con el fin de que el Ministerio de Cultura promueva la lectura en bibliotecas y demás espacios de lectura. 

Referencias: 


3. El Jurado Nacional Electoral aclara que los congresistas actuales y disueltos no podrán postular en las elecciones 2021

Este jueves 15 de octubre, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones, aclaró que la prohibición de la reelección inmediata de congresistas alcanza a los actuales congresistas y aquellos que integraron el anterior Parlamento y que fueron disueltos en septiembre del año pasado. Ello teniendo en consideración la prohibición de reelección inmediata dispuesta en el artículo 90-A de la Constitución. De esta manera, la Resolución 0352-2020-JNE argumentó que las elecciones congresales celebradas en enero de este año, no fueron un proceso para un nuevo período constitucional, sino para completar el período 2016-2021 del Congreso disuelto.

Cabe mencionar que, en la mencionada resolución, el JNE también detalló que la prohibición de postulación a la reelección incluye a los congresistas desaforados y sus respectivos accesitarios, los que fueron suspendidos y los que ingresaron en reemplazo de congresistas fallecidos.

Referencias: 


4. Comisión de Economía del Congreso aprueba iniciativa que permite el retiro de hasta 17 200 soles en las AFP

El martes 13 de octubre, la Comisión de Economía del Congreso aprobó un nuevo dictamen que permitirá a los afiliados a las AFP retirar de sus fondo de pensiones un monto ascendente de hasta 4 UIT; es decir, 17 200 soles.

Cabe precisar que el grupo de beneficiarios serán aquellos aportantes quienes no registren aportaciones ni retenciones en sus fondos de pensiones por más de 12 meses consecutivos, asimismo, se excluye de este grupo a aquellos que califiquen al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo, además, de acuerdo con Anthony Novoa, presidente de la Comisión de Economía del Congreso, el proyecto tampoco contempla beneficiar a quienes se encuentren aportando al sistema privado de pensiones (SPP). Por su parte, en caso la iniciativa sea aprobada por el Pleno del Congreso, el primer pago se hará después de 30 días de presentada la solicitud de los aportantes. 

Referencias: 


Fuentes de imágenes:

  • https://bit.ly/3m1dRom
  • https://bit.ly/3jcbvkx
  • https://bit.ly/346riNr
  • https://bit.ly/346E12O

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí