
Las rentas de primera categoría y su imputación bajo el criterio del percibido
Por Ricardo Carrasco, asociado del Área Tributaria de Miranda & Amado. Su práctica profesional se concentra en la asesoría legal tributaria, operaciones de transferencia y adquisición de empresas y en la realización de revisiones tributarias en procesos de due diligence y declaraciones juradas de impuestos. Además es Contador Público, lo que da a su práctica tributaria una visión integrada con normas contables y financieras. 1. Introducción El Impuesto a la Renta (“IR”) es un tributo de determinación anual que grava, entre otros supuestos, las rentas provenientes del capital, como es el caso del arrendamiento de bienes. En el caso de las personas naturales, estas rentas se conocen como “Primera Categoría” y, según lo dispone el literal b) del artículo 57









