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“Andá a lavar los platos, Irene, ahora falta que las mujeres hablen de fútbol”. Con esta frase Hugo Orlando Gatti, ex arquero de Boca y la selección argentina, pretendió silenciar la opinión de una periodista con la que compartía un debate en un programa deportivo. Sucede que en el fútbol como en otros espacios las mujeres no reciben la misma valoración que los hombres.
¿Quién regula al regulador? Es la gran pregunta que los liberales le solemos hacer a los defensores del controlismo estatal cuando estos nos argumentan de sus bondades. Sin embargo, esta es una pregunta que no se ha podido dejar de lado ni siquiera en los sistemas políticos liberales más desarrollados. Siempre se llega al punto de la necesidad de autorregulación. Y en este caso creo que el Derecho Parlamentario es un buen ejemplo para ilustrarlo.
El día 10 de setiembre, la Secretaría de Defensa del Centro Federado de Estudios Generales Letras y el Centro Federado de Derecho, organizó un debate entre los congresistas Martha Chávez y Carlos Bruce en torno al controvertido proyecto de Ley sobre la Unión Civil no matrimonial entre personas del mismo sexo, mejor conocido como la "Unión Civil homosexual." Desde Enfoque Derecho, aprovechamos la oportunidad para realizar un "Versus", un intercambio de ideas contrapuestas en torno a dicho tema, y procedimos a cubrir el evento. De este modo, compartimos con ustedes las ponencias de ambas propuestas para que el usuario pueda libremente forjar su postura y rescatamos las frases más destacadas de cada una de estas intervenciones.
Hace catorce años no era extraño escuchar las palabras secreto, estrictamente secreto, reservado, estrictamente reservado y confidencial. Cinco "clasificaciones" de la información que no era de acceso público. Esta situación favorecía la corrupción y evidenciaba la ausencia de un régimen democrático. Un ejemplo: el avión presidencial se compró utilizando un decreto secreto. Estas clasificaciones estaban desarrolladas en los Manuales del Ejército, la Fuerza Aérea, la Marina y la Policía Nacional. Manuales, también, secretos. Manuales que no fijaban claramente la frontera entre una u otra clasificación. En esa época cualquier cosa podía ser secreta.
“Empieza el abuso del Perú desde aquellos que debieran corregirlo”. Con esta cita el historiador Alfonso Quiroz inicia su historia de la corrupción (IEP/IDL, 2013). El estudio lo lleva a afirmar sin ambigüedad que no nos encontramos ante un fenómeno esporádico en el país, sino persistente. Éste ha sabido adaptarse y reinventarse constantemente. Quiroz sostiene que la corrupción se encuentra enraizada en las estructuras centrales de la sociedad y, cuantificación de por medio, que es una de las causas principales de nuestro subdesarrollo. La investigación de Quiroz llega hasta las postrimerías del fujimorismo.
A raíz de la reciente declaración de improcedencia de la candidatura del ex alcalde de Lima, Luis Castañeda, por parte del Jurado Electoral de Elecciones (JEE), se ha generado un interesante debate en torno a la figura de la Hoja de Vida. Como en toda discusión las intervenciones en torno al tema parecen haber perdido el rumbo en relación al problema central. Enfoquémonos entonces. ¿De qué se le acusa al ex alcalde de Lima? Pues, de presentar información falsa en un documento que tiene carácter público. ¿Y esto qué nos dice? Mucho y poco a la vez. O que Castañeda es un mentiroso, o un descuidado, o un flojonaso (según dice, la San Martín es más fácil) o un “engañamuchachos”, y podría seguir agregando más epítetos que por ahí he escuchado. Sin embargo, más allá de estar frente a alguien cuyo regreso al sillón municipal, en lo personal considero nefasto, es menester destacar el campo de vaguedades que tenemos en frente. ¿Qué persigue un instrumento como la Hoja de vida (HV)? ¿Cuánto comprende una información “inexacta”? ¿Cualquier “inexactitud” merece el mismo castigo? Solo un norte claro podrá dilucidar cuán “justa” es una decisión judicial que ciertamente se presta a un alto índice de discrecionalidad.
La última resolución judicial emitida en el caso de los Informes de la Megacomisión del Congreso, ha agitado las aguas de la política local. El Quinto Juzgado Constitucional de Lima, en su resolución del 01 de septiembre último, ha vuelto a declararlos nulos, en los extremos que imputen alguna responsabilidad penal y/o infracción constitucional al ex Presidente García. Se nos cerró la puerta. En la cara. Para entender mejor los alcances de esta última decisión, hay que recordar el escenario de esta puesta en escena. Se trata de un proceso de amparo iniciado por Alan García contra el Congreso de la República, solicitando que "se deje sin efecto" todo lo actuado por la Megacomisión, que empezaba en septiembre del 2013, a investigar hechos graves de corrupción durante su gobierno. En este amparo se emitió una sentencia firme, que anuló todo lo actuado por la Megacomisión a partir de la primera citación cursada a García en marzo de 2013. Los tribunales consideraban que la citación era demasiado genérica e imprecisa. No le permitía entender qué hechos se investigaban y cómo se vinculaban con él.
Cuando uno solicita la inscripción de una lista, una vez admitida, el JEE procede a revisar la documentación y a partir de requisitos formales, declara o no su admisibilidad. Es decir, por un tema de DNI que corresponda al nombre, cuota, etc., puede declararse inadmisible, pero se puede subsanar. Ahora, si hay un tema de fondo, y ha pasado la fecha límite de inscripción, entonces la declara improcedente. Una vez que pasa por este primer filtro, se publican las lista y sus miembros y en ese período, solo ahí se procede a tachar a un candidato, algunos o toda la lista. Esta resolución es apelable ante el JNE. En el caso de Castañeda, se ha declarado la improcedencia de su candidatura por información inexacta en su Hoja de Vida (HV). Entiendo que contra quien se ha ejercido una tacha es contra la candidatura de Susana Villarán, quien tenía problemas iniciales, aunque ya los superó.
El régimen presidencial se origina en América, está caracterizado porque hay una rígida separación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. En el Poder Ejecutivo, el jefe de Estado es el jefe de gobierno. Este asume la presidencia electo directamente por el voto ciudadano, lo cual significa que tiene legitimidad de origen. Tan es así que no tiene un gabinete de ministros, sino secretarios que actúan en función de sus disposiciones. En la medida en que él nombra a los secretarios que van a ejercer sus funciones de conformidad a la dirección que él establece, los parlamentarios no pueden interpelar a estos, ni censurarlos, porque hay una autonomía.
A propósito de los denominados "Cornejo-leaks", se han planteado pedidos de información para que algunos Ministros entreguen copia de sus correos electrónicos. ¿Será posible hacerlo? ¿Se estará afectando su intimidad o el secreto de sus comunicaciones? Una interesante decisión del Consejo para la Transparencia de Chile (C 1101-11) nos deja algunas lecciones respecto a si es posible acceder lícitamente a la información contenida en correos electrónicos remitidos por un funcionario público. Se trataba del ministro secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet. La información solicitada era aquella remitidaa otros funcionarios públicos respecto a asuntos de interés público y utilizando una cuenta institucional. ¿Brindar acceso afectaba otros derechos?

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