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Hoy, domingo de Pascua, cerramos la #SemanaTemáticaDeLaReligión luego de haber invitado al lector a reflexionar sobre este concepto a partir de una mirada crítica desde el terreno del Derecho. Como bien señalan algunos autores, no quepa duda que existe una estrecha relación entre ambas disciplinas; al fin y al cabo, tanto el Derecho como la religión constituyen un conjunto de creencias que se plasman en normas o pautas que rigen la conducta del ser humano. Sin embargo, debido al principio de laicidad que prevalece en el ámbito público, se entiende que la moral o los dogmas van por una senda distinta que la de nuestro orden jurídico. Y es que en un país que se jacta de tolerante y pluricultural, no es posible hablar de una sola religión, por más mayoritaria que sea. Siguiendo esta misma línea, para el presente editorial pretendemos cerrar esta semana analizando el asunto desde el lente de las minorías religiosas, incluyendo a aquellas personas cuyas creencias no se enclaustran en dogma alguno. Como partidarios de la libertad de expresión, culto, conciencia y religión que nuestra Constitución reconoce, buscaremos destacar la importancia que implica el ejercicio de estos derechos y el rol del Estado en protegerlos, independientemente de nuestras convicciones.
En enero de 2004 Jürgen Habermas y Joseph Ratzinger fueron invitados por la Academia Católica de Baviera para mantener un diálogo sobre los fundamentos morales –prelegales o prepolíticos– del Estado contemporáneo. Dos intelectuales de su talla, no obstante sus evidentes diferencias teóricas, pudieron entonces no sólo dialogar cordialmente sino encontrar valiosos puntos en común desde sus diferentes tradiciones de pensamiento. Este hecho no poco relevante en un mundo intelectual quizá demasiado dominado por la crispación de las posturas antagónicas, fue una inspiración para los que suscribimos hoy este breve artículo aceptando la cordial invitación de los editores de Enfoque Derecho para abordar el tema “derecho y religión”.
En una sociedad como la peruana, en la que todavía las convicciones religiosas ejercen una importante influencia en las políticas públicas, y se encuentran presentes en numerosas manifestaciones de la vida social, muchas veces el debate acerca de la libertad religiosa se concentra solo en resaltar el necesario carácter laico de todo Estado Democrático de Derecho que propugne como valores superiores la libertad y la igualdad, frente a la necesidad de proteger o considerar, de cierta manera y en nombre de la tradición, las creencias religiosas mayoritarias a la hora de adoptar decisiones que influyan en el ejercicio de derechos civiles y políticos. En el mejor de los casos, se llega a debatir acerca de la igualdad entre organizaciones religiosas.
Enfoque Derecho entrevista a Betzabé Marciani, Doctora en interpretación de los Derechos y Libertades Constitucionales y especialista en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante, sobre la Laicidad del Estado.
Durante los últimos meses, el proyecto de unión civil no matrimonial entre personas del mismo sexo ha sido uno de los temas más comentados en los diversos medios de comunicación a nivel nacional. En este contexto es que, recientemente, se colocó un panel de la red cristiana de televisión satelital del Movimiento Misionero Mundial “Bethel TV” en frente de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Dicho panel señala lo siguiente: “Dios dice: ‘No te echarás con varón como con mujer; es abominación’ (Levítico 18:22)”. Esta frase va acompañada de una imagen de dos hombres, claramente, casándose. Es decir, es una publicidad expresamente en contra del proyecto de unión civil no matrimonial entre personas del mismo sexo.
Las últimas semanas han sido bastante agitadas en el escenario peruano, después de cientos años de silencio ha salido a la luz y a las calles, debatiéndose en los medios de comunicación, aulas, cafés, mercados, el Tribunal Constitucional y el Congreso de qué manera entender el imperativo democrático de la igualdad ante la ley, esta vez, frente a la necesidad de reconocer la condición de ciudadano de las personas no heterosexuales. La controversia tiene dos disparadores: el proyecto de ley de unión civil y el reconocimiento de la identidad de una mujer transexual. Ya hemos presentado nuestra posición sobre ambas cuestiones, así que ahora quisiéramos poner el foco en otro tema.

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